El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha confirmado que miles de trabajadores quedarán fuera de la pensión IMSS Ley 73 y perderán todos sus beneficios debido al vencimiento de la conservación de derechos, la falta de semanas cotizadas o la inactividad laboral prolongada ante el Instituto.
Este régimen de reparto solidario, reconocido por brindar pensiones vitalicias calculadas con base en el salario promedio de los últimos cinco años trabajados, se encuentra en una fase crítica donde el desconocimiento normativo provoca que un número elevado de cotizantes reciba una resolución negativa al llegar a la edad de retiro.
La problemática afecta principalmente a personas de 60 años o más que asumen de forma errónea que el derecho a jubilarse bajo este esquema legal es automático e imprescriptible. Al interrumperse el vínculo laboral durante años sin optar por esquemas de regularización, o al ser víctimas de prácticas irregulares como la simulación laboral, los derechohabientes pierden el acceso a la mensualidad garantizada y al servicio médico vitalicio para ellos y sus beneficiarios.
IMSS alegra a miles de trabajadores y pensionados tras este anuncio de Zoé Robledo en Edomex
Cuándo dejará de aplicarse definitivamente la Ley 73 del IMSS
La vigencia de la Ley del Seguro Social de 1973 está delimitada por la propia evolución demográfica de sus asegurados. Dado que este marco legal fue sustituido por la Ley 97 el 1 de julio de dicho año, el padrón de beneficiarios es finito. Las proyecciones operativas estiman que la extinción total del régimen ocurrirá entre los años 2039 y 2044, cuando los últimos trabajadores registrados bajo este sistema alcancen la edad de retiro por Cesantía en Edad Avanzada (60 años) o Vejez (65 años).
No obstante, para miles de personas la "cuenta regresiva" termina mucho antes de esas fechas tope. Si el trabajador no mantiene vigentes sus derechos durante la etapa previa a la solicitud de jubilación, el sistema lo desplaza automáticamente hacia el esquema de Afore (cuentas individuales) o invalida el trámite, dejando sin efecto las décadas cotizadas previamente.
Razones principales por las que los trabajadores pierden sus beneficios
Para evitar el rechazo en las ventanillas del instituto, es fundamental comprender los motivos legales por los cuales el IMSS niega la pensión a los derechohabientes del régimen de 1973:
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Pérdida de la conservación de derechos: Este periodo de gracia equivale a la cuarta parte (25%) del total de semanas cotizadas a lo largo de la vida laboral, contando desde la fecha de baja patronal. Si el lapso transcurre por completo sin cotizar de nuevo, la pensión se congela.
No alcanzar el mínimo de semanas cotizadas: La Ley 73 exige un piso mínimo de 500 semanas registradas. No cumplir con esta cifra imposibilita la asignación de cualquier monto mensual.
Simulación de la relación de trabajo: Contratar esquemas de "empresas fantasma" o gestores informales para reactivar semanas cotizadas. El IMSS audita estas altas e invalida los registros al detectar inconsistencias o falta de subordinación real.
Falta de reactivación tras inactividad prolongada: Si un asegurado pierde la conservación de derechos, debe cotizar al menos 52 semanas consecutivas con un patrón formal para recuperar el historial acumulado.
Cómo proteger el derecho al retiro y evitar la negativa de pensión
La prevención administrativa es la herramienta principal para asegurar los beneficios de la Ley 73. El primer paso consiste en obtener la Constancia de Semanas Cotizadas a través del portal digital del IMSS, verificando que la fecha de la primera alta laboral registrada sea anterior al 1 de julio de 1997 y comprobando la exactitud del historial de semanas acumuladas.
En segundo lugar, se debe calcular la fecha límite de la conservación de derechos. Si el periodo está por vencer o ya expiró, el asegurado debe evaluar las alternativas legales para reactivar su historial, como reincorporarse al régimen obligatorio laboral o inscribirse en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (Modalidad 40) o en el esquema de trabajadores independientes, asegurando con ello una jubilación digna.