El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer un importante cambio que entra en vigencia a partir del 1 de septiembre 2025, esta modificación afecta tanto a patrones y contribuyentes, la misma refiere a la tramitación de la Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales, la cual solamente podrá realizarse a través del Buzón IMSS.
Vale recordar, que la Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales del IMSS, es el documento emitido por el Instituto, que permite verificar al momento de la consulta la situación fiscal real del titular de la misma, es decir, si este se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social ante el Instituto.
Mientras que el buzón digital es el sistema de comunicación electrónico implementado, administrado y establecido en la página de web del instituto, a través del cual se podrán realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que se emita en documentos digitales.
Quiénes pueden acceder al buzón IMSS
Patrones registrados ante el IMSS que cuenten al menos con un Registro Patronal y demás particulares que requieran u opten por hacer uso de los servicios del Buzón IMSS.
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