5 de mayo 2025 - 18:01

Qué es el reparto de utilidades 2025 y a qué trabajadores les corresponde cobrar este dinero extra

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo emitió un comunicado con las características de este importante pago.

Qué es el reparto de utilidades 2025 y a qué trabajadores les corresponde cobrar este dinero extra.

Qué es el reparto de utilidades 2025 y a qué trabajadores les corresponde cobrar este dinero extra.

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Mayo no es un mes cualquiera para los trabajadores en México, porque además de celebrar el Día del Trabajo, durante este quinto mes las empresas tienen la obligación de realizar el reparto de utilidades 2025. En este contexto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recordó que este beneficio es un derecho constitucional establecido en el artículo 123, donde en el que se reconoce que dicha labor es determinante en la generación de las ganancias de las empresas.

Por este motivo, cada año las personas trabajadoras deben recibir una parte proporcional de las utilidades, estas se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos.

Es importante tener en cuenta que si trabajas para una empresa, debes recibir tus utilidades del 1 de abril al 30 de mayo. Mientras que si trabajas para una persona física, debes recibir tus utilidades del 1 de mayo al 29 de junio.

Trabajadora del hogar

A qué trabajadores les corresponde el reparto de utilidades 2025

  • Todas las personas trabajadoras, extrabajadoras de planta y eventuales que hayan trabajado en esa empresa o con esa persona empleadora, al menos 60 días durante el año.
  • Personas trabajadoras en servicio activo.
  • Personas trabajadoras con incapacidad temporal.
  • Madres trabajadoras con licencia de maternidad.
  • Padres que hayan solicitado el permiso de paternidad.

Cuánto dinero te corresponde cobrar por el reparto de utilidades 2025

La Ley Federal del Trabajo (LFT) prevé que los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas; el cual, a la fecha, asciende a 10% de las utilidades netas de la empresa.

El monto de la utilidad repartible con los trabajadores (equivalente al 10% de las ganancias de las empresas, durante el último año) se dividirá en dos partes iguales:

  • La primera, equivalente a 50%, se calcula de acuerdo al número de días trabajados por cada uno de los empleados durante el año, independientemente del monto de los salarios registrados.
  • La segunda, el otro 50%, se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

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