Cuando un trabajador afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fallece, sus hijos no quedan desprotegidos frente al golpe económico que representa esa pérdida. La normativa vigente para quienes cotizaron bajo el régimen anterior a 1997 contempla un beneficio específico conocido como pensión por orfandad, un recurso que muchas familias desconocen o simplemente no reclaman a tiempo. Este esquema no se limita a un depósito mensual: también incluye la posibilidad de recuperar ahorros acumulados durante toda la vida laboral del asegurado.
Quiénes heredan la pensión Ley 73 del IMSS si el pensionado muere: este es el pago que debes reclamar
Qué familiar de los trabajadores fallecidos pueden cobrar ahorros acumulados y un pago mensual del IMSS; así se tramita ante el instituto.
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Quiénes hereden la pensión Ley 73 del IMSS si el pensionado muere: este es el pago que debes reclamar
El régimen conocido popularmente como Ley 73 fue diseñado bajo una lógica distinta a la que rige actualmente el sistema de pensiones en México. A diferencia de las Afore, donde buena parte del ahorro se destina a financiar la pensión vitalicia del propio trabajador, este esquema permite que ciertos montos regresen directamente a manos de los beneficiarios cuando el titular muere. Especialistas en retiro coinciden en que se trata de una de las ventajas menos conocidas del sistema anterior.
De acuerdo con José Alberto Reyes Fernández, especialista en pensiones y retiro consultado por Mi Bolsillo, muchas familias dejan pasar la oportunidad de recuperar recursos que legalmente les corresponden. El experto explicó que, además de la mensualidad, los hijos pueden acceder a fondos como el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) 92 y otros rubros de vivienda acumulados por el trabajador fallecido. A continuación, el desglose completo de este beneficio.
De qué se trata la pensión por orfandad en la Ley 73 del IMSS
Este beneficio surge cuando el asegurado o pensionado fallece y dejó hijos que dependían económicamente de él. La pensión busca sustituir, al menos en parte, el ingreso que perdió la familia tras la muerte del trabajador. Lo que distingue a este régimen es la posibilidad de retiro en una sola exhibición. Según detalló el especialista, “la Ley 73 te entrega el SAR 92, FOVISSSTE 92, vivienda. Es decir, todo lo de vivienda te lo entregan, obviamente retiro y aportaciones voluntarias”. Esto significa que, además del pago mensual, los beneficiarios pueden recibir de golpe años de ahorro acumulado en la cuenta individual del trabajador.
Reyes Fernández subrayó también una ventaja frente a los esquemas más recientes. Explicó que las tasas de reemplazo de las Afore históricamente han sido bajas, de entre 30% y 40%, lo que representa una decepción para miles de nuevos pensionados. La Ley 73, en cambio, ofrece mayor certidumbre porque calcula el beneficio con base en el salario y no exclusivamente en lo ahorrado.
IMSS Ley 73: monto mensual de la pensión por orfandad
El cálculo del pago mensual parte de la pensión que recibía —o le hubiera correspondido— al asegurado fallecido. Sobre esa base, la ley establece dos escenarios claramente diferenciados según la situación familiar.
- Orfandad simple: si el menor aún conserva a uno de sus padres con vida, recibe el 20% de la pensión base.
- Orfandad doble: cuando ambos padres han fallecido, el porcentaje sube al 30% por cada hijo.
Existe, sin embargo, un límite que conviene tener presente. La suma de todas las pensiones familiares —viudez y orfandad juntas— no puede superar el 100% de la pensión que le correspondía al trabajador. Como explicó el especialista, “los porcentajes que dispone la ley para los beneficiarios [...] se suman y se reparten con un tope del 100%”, por lo que si el total excede ese límite, el IMSS realiza ajustes proporcionales entre los beneficiarios.
El derecho a este pago no es indefinido y depende de la edad del hijo. Los menores de 16 años lo reciben de forma automática al acreditar el parentesco, mientras que entre los 16 y 25 años deben comprobar que siguen estudiando en el Sistema Educativo Nacional. En el caso de hijos con discapacidad, la pensión no tiene límite de edad si la condición les impide mantenerse por sí mismos. Un dato que pocos conocen: cuando el beneficiario cumple 16 años y deja de estudiar, o termina sus estudios antes de los 25, el instituto otorga un finiquito equivalente a tres mensualidades antes de cancelar el pago.
IMSS Ley 73: cómo solicitar la pensión por orfandad
El trámite es completamente gratuito y no requiere contratar gestores ni intermediarios. Debe realizarse en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente al domicilio del solicitante, en un horario de 8:00 a 15:00 horas.
Antes de acudir, es indispensable reunir la documentación completa, tanto original como copia. Esto evita retrasos y una segunda visita a las oficinas.
- Del fallecido: acta de defunción y documento con el Número de Seguridad Social (NSS).
- Del beneficiario: acta de nacimiento, Clave Única de Registro de Población (CURP) e identificación oficial si ya es mayor de edad.
- Del representante legal: identificación oficial y documentos que acrediten la tutela, en caso de menores.
- Escolares: constancia de estudios vigente si el hijo tiene entre 16 y 25 años.
- Bancarios: estado de cuenta con número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) a nombre del beneficiario o tutor.
Una vez entregada toda la documentación, el IMSS tarda alrededor de 12 días hábiles en emitir la resolución. Reclamar este beneficio a tiempo puede representar una diferencia económica considerable para las familias que enfrentan la pérdida de un padre o una madre.
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