10 de junio 2026 - 11:00

SAT advierte a todos los mexicanos con cuentas congeladas en junio 2026: esto deben hacer para recuperar su dinero

El fisco mexicano intensifica los procedimientos de inmovilización de fondos para regularizar los adeudos fiscales; conozca la ruta legal y administrativa para desbloquear sus recursos de forma segura.

Checa lo que tiene para informar el SAT.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto especial énfasis durante junio 2026 en los esquemas de cobranza y fiscalización, lo que ha derivado en la inmovilización de recursos financieros de diversos contribuyentes. Si usted es uno de los ciudadanos afectados por esta medida, la autoridad fiscal advierte que el primer paso fundamental consiste en identificar con precisión el motivo exacto de la restricción para, posteriormente, proceder a la regularización de su situación fiscal, ya sea mediante el pago de los adeudos pendientes o la presentación de las declaraciones omitidas.

Es de vital importancia aclarar que las instituciones bancarias carecen de la facultad legal para liberar los fondos por iniciativa propia. El proceso de desbloqueo de los recursos ocurre única y exclusivamente tras desahogar un procedimiento formal y obligatorio ante la propia autoridad tributaria.

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SAT: pasos para solucionar el bloqueo rápidamente

Para recuperar el acceso a su capital y Hermetizar sus finanzas personales o corporativas, el SAT ha diseñado una ruta de atención que los contribuyentes deben seguir con estricto orden:

  • Consulta el motivo: El afectado debe ingresar directamente al Buzón Tributario del SAT utilizando su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) acompañado de su Contraseña o de la e.firma vigente, con el propósito de revisar el oficio formal de inmovilización. Asimismo, existe la opción de solicitar una copia física de dicho documento de manera directa en la sucursal bancaria donde se encuentre radicada la cuenta.

  • Habla con tu banco: Es necesario ponerse en contacto con la entidad financiera para confirmar si, en efecto, el origen del bloqueo proviene de una orden emitida por el SAT. Los ejecutivos bancarios están obligados a indicarle el monto exacto retenido, el cual bajo ninguna circunstancia debe superar el total de la deuda fiscal reportada, o bien, informarle si coexisten otros motivos ajenos al fisco.

  • Regularízate: El contribuyente debe realizar la liquidación de los créditos fiscales o adeudos pendientes, o en su defecto, formular y enviar las declaraciones que el SAT le esté requiriendo formalmente.

  • Presenta una aclaración: Una vez que se ha dado cumplimiento estricto al pago o a la obligación omitida, se debe ingresar al Portal de Trámites y Servicios del SAT. En dicha plataforma digital, se enviará un caso de aclaración formal adjuntando las pruebas correspondientes para solicitar la liberación inmediata de los fondos.

  • Espera la liberación: Cuando el órgano desconcentrado comprueba que el usuario se encuentra completamente al corriente de sus obligaciones, emitirá un oficio de liberación dirigido de forma expresa a la institución bancaria correspondiente. Este movimiento administrativo suele tardar un par de días hábiles en verse formalmente reflejado en el saldo disponible de la cuenta.

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SAT: prevención y uso de canales oficiales

Para agilizar cualquier aclaración presencial en las oficinas de la autoridad fiscal, se recuerda a la población la conveniencia de hacer uso anticipado del Portal de Citas del SAT.

Mantener una comunicación constante a través de los medios digitales autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) evitará sorpresas desagradables en el manejo operativo de sus cuentas comerciales y de ahorro en el mediano plazo.

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