6 de octubre 2026 - 18:03

Suprema Corte cambia las reglas y eleva al 90% la pensión del IMSS Ley 73: quiénes son los millones de adultos mayores beneficiados

La resolución determina que la normativa previa resultaba discriminatoria al asignar únicamente un 20% de la cuantía a los ascendientes.

Suprema Corte cambia las reglas y eleva al 90% la pensión del IMSS Ley 73: quiénes son los millones de adultos mayores beneficiados.

Suprema Corte cambia las reglas y eleva al 90% la pensión del IMSS Ley 73: quiénes son los millones de adultos mayores beneficiados.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo definitivo que transforma la aplicación de la Ley del Seguro Social de 1973, ordenando al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) equiparar e incrementar al 90% el pago de la pensión por ascendencia otorgada a los padres de trabajadores o pensionados fallecidos. La resolución determina que la normativa previa resultaba discriminatoria al asignar únicamente un 20% de la cuantía a los ascendientes, mientras que a la viuda o concubina se le otorgaba el 90%, por lo que estableció un criterio obligatorio para garantizar un ingreso digno y sin distinción de parentesco a los adultos mayores de la tercera edad que dependían económicamente del asegurado.

Esta histórica jurisprudencia sienta un precedente vinculante para todos los juzgados del país y beneficia de forma directa a las familias de millones de trabajadores amparados bajo la Ley 73 del IMSS.

Con este ajuste normativo, los padres supervivientes que cumplan con la acreditación de dependencia económica y la inexistencia de beneficiarios preferentes podrán solicitar la actualización de su monto pensorio, logrando un incremento directo de hasta el 70% adicional sobre sus percepciones mensuales actuales.

A quiénes beneficia el incremento al 90% de la pensión IMSS Ley 73

El criterio aprobado por la SCJN no aplica de manera generalizada para cualquier familiar, sino que establece filtros claros de elegibilidad para los ascendientes del trabajador fallecido:

  • Padres de asegurados bajo la Ley del Seguro Social de 1973: Personas cuyos hijos cotizaron formalmente ante el IMSS habiendo iniciado su registro laboral antes del 1 de julio de 1997.

  • Ausencia de beneficiarios preferentes: Aplica de forma directa cuando el trabajador o pensionado fallecido no dejó cónyuge (esposa/esposo), concubina/concubinario ni hijos con derecho a cobrar pensión de orfandad o viudez.

  • Comprobación de dependencia económica: Que los padres demuestren legal e institucionalmente que dependían financieramente de los ingresos generados por el trabajador o jubilado fallecido.

La Corte determinó que la pensión se constituye mediante el esfuerzo y las aportaciones acumuladas por el trabajador a lo largo de su vida laboral, por lo que resulta inconstitucional reducir el sostén económico de los padres dependientes a una quinta parte cuando son los únicos beneficiarios supervivientes.

Requisitos y documentos para solicitar la actualización de la pensión ante el IMSS

Los padres de asegurados o pensionados fallecidos que actualmente perciban solo el 20% o deseen tramitar la pensión de ascendencia por primera vez bajo este nuevo criterio deben acudir a la Subdelegación del IMSS correspondiente con la siguiente documentación:

  • Acta de defunción del asegurado o pensionado: Expedida por el Registro Civil en formato reciente.

  • Acta de nacimiento del solicitante y del trabajador: Para comprobar formalmente el parentesco en línea recta ascendente.

  • Acreditación de dependencia económica: Testimonio testimonial o resolución judicial emitiendo la dependencia financiera del padre o madre respecto al hijo fallecido.

  • Constancia de semanas cotizadas o resolución de pensión: Documento que valide la cotización bajo el régimen de la Ley de 1973 con un mínimo de 500 semanas registradas.

  • Identificación oficial y comprobante de domicilio: Credencial para votar (INE) o pasaporte vigente, junto con la CURP certificada del beneficiario.

Te puede interesar