La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un revés a las autoridades locales al respaldar el derecho del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a mantener bajo llave la información de los contribuyentes. El Pleno del Máximo Tribunal determinó la validez constitucional del secreto fiscal, avalando que la dependencia federal le niegue el acceso a estos datos a los municipios que los soliciten para investigaciones ordinarias.
Suprema Corte falla a favor del SAT y avala que le niegue información por secreto fiscal a los municipios
El máximo tribunal emitió una resolución este martes que determina la validez del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación. Checa de qué se trata.
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Fallo a favor del SAT de la SCJN.
El histórico fallo deriva de la Controversia Constitucional 103/2021, impulsada por el municipio de San Pedro Garza García, en el estado de Nuevo León. El ayuntamiento impugnó diversos oficios en los que el SAT se negó tajantemente a entregarles información financiera de una persona en específico, amparándose en su deber ineludible de proteger el secreto fiscal consagrado en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
SAT: el reclamo de San Pedro Garza García y la supuesta "omisión"
Las autoridades regiomontanas acusaron que esta negativa del fisco condicionaba su acceso a la información y bloqueaba sus facultades legales para investigar posibles faltas administrativas.
Para sostener su demanda, el municipio argumentó que la ley era inconstitucional por una supuesta "omisión legislativa absoluta" del Congreso de la Unión.
Según San Pedro Garza García, los legisladores fallaron al no dejar escrito de manera expresa que el secreto fiscal quedaba anulado cuando las autoridades investigadoras solicitaban datos, acusando violaciones a los principios de supremacía constitucional.
La resolución de la SCJN a favor del SAT: reglas claras y excepciones estrictas
Durante la sesión celebrada este martes 24 de marzo, los ministros desestimaron por completo los reclamos del municipio neoleonés. La SCJN concluyó que no existe ninguna omisión legislativa, ya que el Congreso cumplió cabalmente con los mandatos de la reforma anticorrupción al expedir la Ley General de Responsabilidades Administrativas, gozando de total libertad para instrumentar dichas normas sin tener la obligación de modificar forzosamente el Código Fiscal.
Para poner orden entre las facultades del SAT y las exigencias de los gobiernos locales, el Máximo Tribunal trazó una línea jurídica muy clara sobre cómo debe interpretarse la ley de ahora en adelante:
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La regla de oro (Confidencialidad): El Pleno determinó que el secreto fiscal es una disposición ordinaria y totalmente válida que consagra el deber inquebrantable de confidencialidad del Estado hacia el contribuyente.
La única excepción (Faltas graves): La Corte aclaró que esta reserva solo puede romperse (y el SAT estará obligado a entregar la información) cuando se trate de investigaciones exclusivas por faltas administrativas graves, tal como lo marcan las excepciones específicas del artículo 109 constitucional y el 95 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Con esta decisión, la Suprema Corte logra armonizar la protección a la privacidad financiera ciudadana con el combate a la corrupción, enviando un mensaje claro: los municipios no pueden exigir datos fiscales "a la carta", y el SAT tiene el respaldo constitucional para negar la información si los casos no se justifican bajo la lupa de conductas graves conforme a la ley.





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