El sistema de infracciones de tránsito en la Ciudad de México (CDMX) cuenta con mecanismos legales para que los ciudadanos puedan inconformarse ante sanciones que consideren improcedentes.
Los automovilistas de la capital disponen de un proceso legal específico para impugnar sanciones de tránsito y solicitar la cancelación del cobro mediante pruebas administrativas.
Multas CDMX: qué hacer para impugnarlas.
El sistema de infracciones de tránsito en la Ciudad de México (CDMX) cuenta con mecanismos legales para que los ciudadanos puedan inconformarse ante sanciones que consideren improcedentes.
Durante el mes de febrero de 2026, las autoridades han recordado los plazos y requisitos necesarios para iniciar un proceso de impugnación administrativa ante las instancias correspondientes. A continuación, conoce en detalle como hacer para impugnar correctamente una infracción.
Para iniciar formalmente el proceso de impugnación, el escrito inicial debe estructurarse correctamente. Es fundamental comenzar con la identificación plena de quien promueve (el actor) y señalar un domicilio dentro de la jurisdicción para oír y recibir notificaciones. Al tratarse de una multa en la Ciudad de México, se debe especificar con claridad cuál es la autoridad que emitió la sanción, los actos administrativos que se están combatiendo y qué es exactamente lo que se espera lograr con la sentencia del juicio.
Además, es requisito indispensable declarar, bajo protesta de decir verdad, el día exacto en que se notificó o se tuvo conocimiento de la infracción; esto sirve para confirmar que el recurso se presenta dentro de los tiempos legales permitidos. La sección de los hechos debe redactarse de forma coherente, vinculándolos siempre con los conceptos de nulidad, que no son otra cosa que los razonamientos legales que demuestran por qué la multa es inválida o ilegal.
Un detalle que no se puede pasar por alto es la firma autógrafa. Si el documento no está firmado, el Magistrado Instructor descartará la demanda de forma automática, teniéndola por no interpuesta. En caso de que el afectado no pueda firmar, la ley permite colocar su huella digital y que un tercero firme en su nombre, garantizando así su derecho a la defensa ante el Tribunal.
De acuerdo con el artículo 58, el expediente debe acompañarse de lo siguiente:
Finalmente, el éxito de la estrategia depende de las pruebas. Es obligatorio adjuntar los pliegos de preguntas para peritos o testigos (debidamente firmados) y todas las pruebas documentales disponibles. Estas deben relacionarse punto por punto con los hechos expuestos para que el juzgador tenga elementos sólidos para anular la sanción.
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