La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo contra la Comisión Federal de Electricidad (CFE), al validar el derecho de miles de mexicanos a recibir indemnizaciones cuando sufran daños derivados del servicio público de energía eléctrica. En una decisión tomada en sesión de Pleno de noviembre de 2025, la Suprema Corte resolvió que las personas afectadas por accidentes provocados por la CFE pueden exigir directamente el pago a la aseguradora que respalda a la empresa estatal, sin tener que iniciar primero un procedimiento administrativo ante el Gobierno.
CFE tiene que indemnizar sí o sí a estos mexicanos por orden de la Suprema Corte: en qué casos aplica en 2026
El máximo tribunal protege a todas aquellas personas que sufrieron daños del servicio público de energía eléctrica. Todo lo que debes saber, en esta nota.
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Fallo de la Suprema Corte contra la CFE.
El fallo surgió a partir de los Amparos en Revisión 230 y 328/2025, relacionados con trabajadores de albañilería que sufrieron descargas eléctricas mientras realizaban sus actividades cerca de líneas energizadas. Las lesiones, de carácter grave, cambiaron por completo su calidad de vida. Ante ello, la Corte analizó la aplicación del artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, el cual regula la responsabilidad de las aseguradoras frente a daños ocasionados por entes públicos.
El Pleno determinó que este artículo es constitucional y que, lejos de generar obstáculos, garantiza un camino claro para que cualquier persona afectada reclame una indemnización inmediata vía juicio civil. Esto significa que la aseguradora deberá depositar el monto correspondiente directamente a la persona afectada, sin que ésta tenga que enfrentar trámites burocráticos ni procedimientos administrativos previos.
La decisión evita retrasos injustificados y consolida el derecho a una reparación integral cuando el Estado provoca daños mediante el funcionamiento irregular de sus servicios.
Indemnizaciones de la CFE: en qué casos aplica
La Corte también precisó que este derecho opera siempre que exista una póliza vigente que cubra el riesgo generado por la CFE. En caso de que el seguro no alcance a cubrir el total del daño —por ejemplo, en lesiones graves, incapacidad permanente o pérdidas económicas significativas—, la persona aún podrá recurrir a la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado para reclamar el monto faltante.
Esto se realiza a través de un procedimiento administrativo adicional, siempre y cuando se demuestre que hubo fallas o negligencias en la actividad del Estado.
Con este fallo, la SCJN cierra filas en torno a la protección de las víctimas y envía un mensaje claro: el Estado debe responder de forma inmediata, completa y efectiva por los daños que cause. La decisión también sienta un precedente para miles de mexicanos que han sufrido afectaciones similares por fallas en la infraestructura eléctrica o accidentes derivados de la operación de la CFE, quienes ahora cuentan con un mecanismo más ágil, directo y justo para obtener una reparación económica.



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