En un esfuerzo por regular y mejorar la convivencia en el espacio público, el gobierno de la Ciudad de México (CDMX) ha tomado una decisión importante: modificó las multas a los franeleros.
El gobierno de la CDMX modifica las multas a los franeleros: así serán a partir de ahora
Si transitas por la Ciudad de México y te has visto afectado por la práctica de los franeleros, esta modificación en las multas es una noticia importante para ti.
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Esta medida busca poner orden en una práctica que, si bien es una fuente de ingresos para muchos, a menudo genera quejas por el cobro excesivo, el acaparamiento de espacios o el uso indebido de la vía pública.
Esta medida es parte de una estrategia más amplia para mejorar la movilidad urbana y garantizar el derecho de todos al libre tránsito.
Cuáles son las nuevas multas para los franeleros en CDMX
El Gobierno de la Ciudad de México prepara una reforma a la Ley de Cultura Cívica para imponer una sanción de 36 horas de arresto inconmutable a los franeleros, o "viene-viene", que aparten lugares, cobren o exijan cuotas fijas por estacionarse en la vía pública. Esto significa que ya no podrán pagar una multa cívica ni cumplir su falta con trabajo comunitario.
La medida está dirigida específicamente a quienes exijan, coaccionen o intimiden a personas para obtener un pago por vigilar, estacionar, cuidar, lavar o asear vehículos. El gobierno ha aclarado que la intención no es retirar a estas personas de las calles sin más, sino crear un programa para ofrecerles oportunidades, reconociendo que muchos enfrentan condiciones de pobreza, desigualdad o precariedad que los han excluido del empleo formal.
Franeleros en CDMX: Infracción Cívica vs. Delito Penal
Es crucial diferenciar entre la infracción cívica y un delito penal. Si los franeleros amenazan, golpean o cometen robos, la situación deja de ser una simple infracción cívica y se convierte en un delito que será investigado por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
La Consejería Jurídica afinará los conceptos de la ley para garantizar su agilidad y eficacia:
- El Artículo Tercero conceptualizará la vía pública como todo espacio destinado al tránsito de peatones y vehículos.
- El Artículo 28 especificará las infracciones especiales relacionadas con la seguridad ciudadana.
- Se establecerán vínculos con el Código Penal en artículos relacionados con la extorsión, amenazas, robo, robo de autopartes y lesiones que incapaciten a la persona agredida por más de 15 días.
- Se incluirá en los artículos transitorios un mecanismo para ofrecer a los infractores programas de empleo y apoyos a proyectos productivos.
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