26 de febrero 2025 - 21:42

Estos son todos los servicios restringidos por Contingencia Ambiental en CDMX y Edomex

La Comisión Ambiental de la Megalópolis difundió un informe para dar a conocer los alcances de la activación de la Fase 1 de Contigencia Ambiental por ozono.

Estos son todos los servicios que serán restringidos por la Contingencia Ambiental en CDMX y Edomex.

Estos son todos los servicios que serán restringidos por la Contingencia Ambiental en CDMX y Edomex.

En este contexto, las autoridades confirmaron que se puso en marcha la implementación de la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono, motivo por el que se pondrá en funcionamiento el Doble Hoy No Circula, además de restricciones en los servicios y recomendaciones en la prevención para la salud de los habitantes.

Por ello, desde CAME, recordaron a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire, y atender las recomendaciones de salud para evitar exponerse a los picos de contaminación entre las 13:00 y 19:00 horas, en especial para los infantes, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

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Cuáles son todos los servicios que serán restringidos por Contigencia Ambiental en CDMX y Edomex

  • Suspender las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo uso de thinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente)
  • Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.
  • Suspender actividades en el 20% de las estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.
  • Suspender actividades en el 20% de las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.
  • Suspender las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLP y petrolíferos
  • Suspender la operación de las estaciones de servicio (gasolineras) en un 20%, excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores, con una eficiencia mínima del 90%, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.
  • Reducir en un 50% la operación de las calderas que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, con excepción de hospitales

Restricciones a la Industria por Contigencia Ambiental

Restricciones de la Industria federal y local

  • Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.
  • La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.
  • Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.
  • Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.

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