8 de agosto 2025 - 09:58

Hasta seis años de prisión para la persona que grabó a los policías de CDMX teniendo relaciones sexuales en una patrulla

La SSC no solo está concentrada en el castigo a los dos elementos, sino también busca al sujeto que difundió las imágenes para aplicar la Ley Olimpia.

El video de los policías de CDMX teniendo sexo en una patrulla.

El video de los policías de CDMX teniendo sexo en una patrulla.

La Policía de la Ciudad de México (CDMX) se encuentra convulsionada por estos días tras la grabación difundida en redes sociales que exhibió a dos de sus elementos teniendo actos sexuales dentro de una patrulla, en plena vía pública. El video generó una rápida reacción de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), que confirmó que ya identificó a los implicados y que ambos fueron citados a declarar.

En las imágenes, que se volvieron virales, se observa a una mujer y un hombre uniformados dentro de una unidad oficial de la SSC, en lo que aparenta ser una escena sexual mientras la patrulla se encuentra estacionada. Aunque hasta el momento se desconoce la fecha exacta en que fue grabado el video, la circulación del material encendió las alarmas dentro de la corporación.

Pero, en las últimas horas, también se supo que la SSC también busca hallar a la persona que grabó el video y lo difundió en redes, ya que cometió un delito en marco de la Ley Olimpia y se expone a recibir hasta seis años de prisión.

Embed

Ley Olimpia: qué es y cuáles son los castigos

La Ley Olimpia está vigente en CDMX desde 2020 y busca proteger a los ciudadanos de la difusión de su imagen en cualquier plataforma, como así también de sus datos personales. La legislación prohíbe:

  1. Difusión, publicación, reproducción, almacenamiento o intercambio de imágenes, videos o audios íntimos de carácter sexual sin el consentimiento de la persona que aparece en ellos.
  2. Videograbación, audiograbación o fotografía de contenido íntimo sin autorización.
  3. Acoso digital, amenazas, suplantación de identidad o difusión de datos personales, con intención de dañar a otra persona.

En caso de que una persona cometa alguno de los delitos mencionados anteriormente, queda expuesto a las siguientes penas:

  • De 3 a 6 años de prisión
  • Multas económicas
  • Agravantes: si la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad, es pareja sentimental del agresor o si el delito se comete con fines de lucro.

Dejá tu comentario

Te puede interesar