La forma de trasladarse por la capital del país está a punto de transformarse de manera drástica. En un esfuerzo sin precedentes por reordenar el espacio público y salvaguardar la integridad de los peatones, la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) ha puesto en marcha un estricto proceso de regulación para los vehículos de micromovilidad. A partir del próximo 20 de noviembre de 2026, los usuarios que no cumplan con la nueva normativa de tránsito para scooters eléctricos se enfrentarán a severas sanciones económicas.
El titular de la Semovi, Héctor Ulises García Nieto, detalló que actualmente coexisten más de 240 modelos diferentes de monopatines en las calles capitalinas. Ante este vacío regulatorio, la autoridad determinó que las unidades con potencia de motor entre 250 y 1,000 watts, que pesen menos de 35 kilogramos y superen velocidades de 25 kilómetros por hora, deberán apegarse obligatoriamente al nuevo marco legal.
Requisitos obligatorios y vialidades prohibidas para monopatines eléctricos
Para poder transitar de manera legal por la CDMX, los propietarios de estos dispositivos deberán realizar trámites idénticos a los de otros vehículos motorizados. Entre los nuevos requisitos se encuentra la gestión de una matrícula para portar placa física, la obtención de un distintivo de movilidad eléctrica y la correspondiente tarjeta de circulación. Asimismo, los conductores tendrán que tramitar una licencia de conducir vigente, la cual solo se expedirá tras acreditar un curso obligatorio de capacitación vial.
El reglamento también establece límites claros sobre las zonas permitidas para el tránsito de esta modalidad de transporte:
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Ciclovías prohibidas: Al rebasar los 25 km/h, los scooters representan un riesgo latente para los ciclistas, por lo que su ingreso a los carriles exclusivos queda estrictamente prohibido.
Vías primarias restringidas: Debido al flujo veloz de los automóviles, estos dispositivos no podrán circular por avenidas de alta peligrosidad.
Uso exclusivo de vías secundarias: Su tránsito se limitará a calles secundarias, con topes de velocidad de 40 km/h para la categoría A y 50 km/h para la categoría B.
Banquetas libres de motores: El uso del casco protector será obligatorio en todo momento, mientras que la circulación sobre banquetas y zonas peatonales queda completamente vetada.
La Semovi precisó que se mantiene en pláticas con las empresas comercializadoras para que las unidades nuevas salgan a la venta con el emplacamiento integrado. Aunque el proceso de regularización y la fase de socialización ya comenzaron, los operativos viales y la aplicación formal de multas por incumplimiento iniciarán oficialmente a finales de noviembre, marcando un antes y un después en la convivencia vial de la metrópoli.