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16 de agosto 2026 - 21:00

Profeco tiene razón: el fallo de la Justicia a favor de la Procuraduría sobre el consumo de combustibles

La Procuraduría Federal del Consumidor adelantó que la Justicia mexicana falló a su favor. Entérate de qué se trata.

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Profeco tiene razón: el fallo de la Justicia a favor de la Procuraduría sobre el consumo de combustibles

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó las facultades de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para sancionar a las estaciones de servicio que entreguen menos gasolina o diésel de la cantidad que cobran a los consumidores. El fallo fue aprobado por unanimidad y ratificó la validez de los artículos 24, fracción XXVI, y 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La resolución establece que la Profeco puede imponer multas a gasolineras cuando detecte irregularidades en los dispensadores o prácticas que afecten el derecho de los clientes a recibir el volumen de combustible por el que pagaron. Además, la dependencia cuenta con facultades para hacer efectivas las sanciones una vez concluido el procedimiento correspondiente.

El caso se originó por una sanción aplicada en 2019 a una estación de servicio de Guanajuato, cuyo dispensador habría entregado menos combustible del que se cobraba. Después de varios recursos judiciales, la Suprema Corte terminó avalando las atribuciones de la Procuraduría y estableció un criterio relevante para la protección de los consumidores de gasolina y diésel.

Atención estaciones de servicios: cómo podrían multarte desde ahora

Las estaciones de servicio pueden ser sancionadas por la Profeco si cobran a los clientes una determinada cantidad de gasolina o diésel y entregan un volumen menor. La autoridad también puede intervenir cuando los dispensadores presentan fallas, alteraciones o cualquier irregularidad que provoque que el consumidor reciba menos producto del que pagó.

La resolución de la Suprema Corte confirmó que estas atribuciones tienen sustento legal y constitucional. En particular, el máximo tribunal respaldó los artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor que permiten a la Procuraduría establecer sanciones frente a incumplimientos que perjudiquen los derechos de los consumidores.

El criterio también contempla otros incumplimientos de las obligaciones previstas en la legislación de protección al consumidor. Por lo tanto, las gasolineras deberán mantener sus equipos en condiciones adecuadas y garantizar que la cantidad de combustible despachada corresponda con la que se cobra.

El origen del conflicto

La controversia comenzó en julio de 2019, cuando la Profeco impuso una multa a una gasolinera de Guanajuato después de detectar irregularidades en un dispensador. Según la autoridad, el equipo provocaba que los consumidores recibieran menos gasolina o diésel de la cantidad que habían pagado.

La empresa cuestionó judicialmente tanto la sanción como las disposiciones legales utilizadas por la Procuraduría. En febrero de 2024, un juez de Distrito negó el amparo solicitado y posteriormente, en febrero de 2026, un tribunal colegiado confirmó esa determinación, aunque remitió a la SCJN la discusión relacionada con la constitucionalidad de los artículos involucrados.

Finalmente, el Pleno de la Suprema Corte aprobó por unanimidad el proyecto elaborado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía y determinó que las facultades sancionadoras de Profeco cuentan con respaldo jurídico. La decisión dejó firme el criterio que permite a la dependencia actuar ante este tipo de irregularidades en las estaciones de servicio.

¿Qué significa para los consumidores?

Para quienes cargan combustible, el fallo representa un respaldo a su derecho a recibir exactamente aquello por lo que pagaron. La propia Corte destacó la relevancia del criterio debido a que los consumidores pueden tener dificultades para comprobar por sí mismos si el volumen recibido coincide con la cantidad registrada y cobrada por el dispensador.

La resolución también reafirma que la Profeco no solo puede detectar irregularidades y establecer multas, sino que tiene atribuciones para exigir el cumplimiento de las sanciones impuestas conforme al procedimiento previsto por la ley. De esta manera, el fallo fortalece la capacidad de la Procuraduría para intervenir cuando una estación de servicio vulnera los derechos de sus clientes.

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