La Secretaría de Bienestar contempla durante octubre 2026 nuevos registros y módulos de atención para distintos programas dirigidos a la población mexicana. Entre los apoyos y servicios que tendrán procesos de incorporación o convocatorias se encuentran pensiones, vivienda, becas y mecanismos de atención social.
Programas del Bienestar: qué apoyos tienen registros y módulos disponibles durante octubre 2026
La Secretaría de Bienestar contempla nuevas incorporaciones y atención en distintos puntos del país, con requisitos y montos específicos para cada programa.
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Programas Bienestar: qué apoyos tendrán registros y módulos durante octubre 2026.
Aunque algunos programas ya cuentan con convocatorias específicas, las fechas para la inscripción de las pensiones todavía deben ser confirmadas oficialmente por la dependencia.
Fechas y programas Bienestar que tendrán registros en octubre
Durante octubre podrían abrirse registros o módulos para distintos programas y servicios a nivel nacional. Entre ellos se encuentran:
- Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores
- Pensión Mujeres Bienestar
- Vivienda para el Bienestar de Conavi
- Beca Rita Cetina
- Tarjeta INAPAM
- Credencialización al Servicio Universal de Salud
En el caso de las pensiones, hasta el momento no se han anunciado oficialmente las fechas exactas para el registro correspondiente a octubre 2026. La convocatoria que emita la Secretaría de Bienestar será la que establezca los días, lugares y mecanismos para realizar la incorporación.
Las personas interesadas pueden comenzar a reunir sus documentos, ya que los requisitos generales incluyen identificación oficial vigente, CURP, acta de nacimiento y comprobante de domicilio, aunque puede variar de acuerdo con cada programa.
Pensión Mujeres Bienestar: cuánto paga y qué documentos solicita
La Pensión Mujeres Bienestar está dirigida a mexicanas de entre 60 y 64 años. En 2026, el apoyo económico es de $3,100 bimestrales, entregados mediante la tarjeta del Banco del Bienestar.
El programa reconoce la trayectoria y aportaciones de las mujeres en la construcción del país y busca contribuir a su independencia económica. El registro comenzó inicialmente para mujeres de 63 y 64 años y posteriormente se amplió al rango de 60 a 64 años.
Para realizar la incorporación se deben presentar en original y copia los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento legible
- Identificación oficial vigente, como credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad
- CURP de impresión reciente
- Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a seis meses, que puede ser de teléfono, luz, agua o predial
- Teléfono de contacto, celular y de casa
- Formato de Bienestar, que se entrega gratuitamente en los módulos
Pensión para Adultos Mayores: monto y requisitos para incorporarse
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es un apoyo universal dirigido a mujeres y hombres de 65 años o más que viven en México. Para 2026, el monto señalado es de $6,400 pesos bimestrales.
Las personas que busquen incorporarse deben presentar:
- Acta de nacimiento legible
- Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad)
- CURP con impresión reciente
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial)
- Número de teléfono para dar seguimiento a tu trámite)
El programa también contempla la figura de una persona adulta auxiliar, quien debe presentar acta de nacimiento, identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, conforme al Formato Único de Bienestar.
En caso de fallecimiento de una persona derechohabiente, el proyecto contempla el Pago de Marcha, un apoyo económico que se entrega una sola vez a la persona registrada como auxiliar. Para solicitarlo se requiere identificación oficial y el original del acta de defunción o una constancia médica expedida por una institución pública que certifique el fallecimiento.
La defunción debe notificarse dentro de los dos bimestres siguientes; de no hacerlo durante ese periodo, se pierde el derecho al apoyo. El Pago de Marcha se emite en el bimestre posterior a la notificación del fallecimiento.





