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16 de junio 2025 - 17:00

RUAC: ¿es verdad que habrá multa para quienes no registren a sus mascotas en CDMX?

Es fundamental conocer la información oficial para evitar malentendidos y asegurar el bienestar de nuestras mascotas conforme a la ley.

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CDMX es obligatorio el registro de las mascotas.

La protección y el bienestar animal son temas de creciente importancia en la Ciudad de México (CDMX). Recientemente, ha surgido una pregunta recurrente que ha generado incertidumbre entre los dueños de mascotas: ¿es verdad que habrá multa para quienes no registren a sus mascotas en CDMX en el RUAC (Registro Único de Animales de Compañía)?

Esta interrogante ha puesto en alerta a la comunidad de amantes de los animales sobre las nuevas normativas.

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De qué se trata el RUAC, la CURP para mascotas de CDMX

El Registro Único de Animales de Compañía (RUAC) en la Ciudad de México es una herramienta clave para la protección y el bienestar animal. Su implementación busca varios objetivos esenciales:

¿Hay multas para quienes no tramiten la RUAC en CDMX?

El RUAC está contemplado en la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México (CDMX) y es de carácter obligatorio y gratuito. Los tutores responsables deben registrar a su animal tras su adquisición o adopción, así como durante las campañas masivas organizadas por las autoridades de la CDMX (vacunación antirrábica, sanitarias para control de zoonosis, desparasitación y esterilización).

El Artículo 4 BIS 1 de dicha legislación establece esta inscripción como una obligación. La omisión de esta disposición acarreará sanciones administrativas según lo estipulado en el Artículo 66 del mismo código.

Las multas por no registrar a un animal en el RUAC pueden oscilar entre 2,375.84 y 3,394.20 pesos mexicanos (equivalente a 21 a 30 veces la unidad de medida y actualización vigente). Adicionalmente, las sanciones pueden incluir de 24 a 36 horas de arresto.

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