En una resolución que redefine los límites de la autonomía institucional frente a los derechos humanos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un revés legal a la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO). Este martes 21 de abril de 2026, los ministros ordenaron a un juzgado federal admitir a trámite la demanda de amparo de un estudiante de origen indígena que fue excluido del proceso de admisión.
Suprema Corte da revés a la UABJO: ordena admitir demanda de estudiante indígena excluido
El máximo tribunal determinó que los actos de las universidades públicas sí pueden someterse a control constitucional, sentando un precedente histórico para la defensa de los derechos estudiantiles.
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Fallo contra la UABJO.
El fallo, derivado del Recurso de Queja 1/2026, derriba la antigua barrera jurídica que utilizaban las instituciones de educación superior para evitar ser demandadas por sus alumnos o aspirantes.
La historia detrás del litigio
El caso llegó hasta la SCJN tras un largo recorrido en los tribunales ordinarios. La controversia comenzó cuando una persona perteneciente a la comunidad indígena zapoteca decidió buscar un espacio en una licenciatura de la UABJO. El desarrollo del conflicto se dio de la siguiente manera:
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La exclusión: El aspirante cumplió con el requisito de presentar el examen de admisión. Sin embargo, al momento en que la universidad publicó la lista oficial de personas preseleccionadas, se percató de que había sido excluido del proceso sin mayor justificación.
La búsqueda de justicia: Inconforme con la determinación, el joven promovió un juicio de amparo indirecto, argumentando una violación a sus derechos constitucionales.
El primer rechazo judicial: Inicialmente, un juzgado de distrito decidió desechar la demanda de tajo. El argumento del juez de primera instancia fue que las decisiones de la universidad no constituían "actos de autoridad", sino que se daban en un plano de "coordinación" (como si fuera un trato entre particulares), por lo que no procedía el amparo.
El argumento de la Suprema Corte: las universidades sí son autoridad
Al atraer y conocer el asunto, el Pleno de la Suprema Corte determinó que la decisión del juez de distrito fue completamente incorrecta.
Los ministros explicaron que el concepto legal de "autoridad responsable" ha evolucionado en México. Hoy en día, los jueces están obligados a analizar la materialidad de los actos; es decir, no solo quién emite la orden, sino su contenido, su función y cómo afecta directamente la esfera jurídica y la vida de las personas.
Para la SCJN, cuando se trata de universidades públicas, es imperativo analizar la naturaleza de la institución y el alcance real de su autonomía universitaria. El Máximo Tribunal fue contundente al establecer que:
Existen actuaciones de las universidades públicas que, por sus efectos, alcance o características, resultan totalmente equiparables al ejercicio de una autoridad del Estado. Por lo tanto, dichos actos sí permiten y exigen un control constitucional.
En consecuencia, el Pleno ordenó revocar el acuerdo inicial y obligó al juzgado de distrito a admitir la demanda de amparo del estudiante zapoteco. A partir de ahora, un juez federal deberá analizar el fondo del asunto y determinar si la UABJO vulneró o no los derechos del aspirante durante el proceso de selección.




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