El líder y fundador del Cártel de Sinaloa, Ismael “Mayo” Zambada García, presentó por intermedio de sus abogados, ante el Consulado de México en Nueva York un pedido de repatriación ya que "el Estado mexicano tiene la obligación de intervenir" ya que aseguraa haber sido secuestrado y enviado ilegalmente a Estados Unidos, país en el que se encuentra detenido desde julio 2024.
Toda la verdad sobre la posible repatriación del Mayo Zambada y el pedido al gobierno de México
Ismael Zambada García, líder y fundador del Cártel de Sinaloa, se encuentra detenido en Estados Unidos desde julio del 2024.
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Vale mencionar que Zambada de 77 años, se encuentra detenido a la espera de un juicio por delitos graves relacionados con el narcotráfico.
En este contexto, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, confirmó que recibió el documento y dijo que será revisada por la Fiscalía General de la República (FGR).
Qué pasará con el “Mayo” Zambada
A través de su defensa legal el líder narco difundió un comunicado en el que destacó lo siguiente: "Si el gobierno de México no actúa (...) será condenado a pena de muerte sin lugar a ninguna duda y además esto constituirá un precedente peligroso que permitiría que en cualquier momento cualquier gobierno extranjero pudiera de manera impune violentar nuestro territorio y soberanía, interviniendo para la detención de cualquier persona, incluso políticos o funcionarios del gobierno, para ser trasladados a la jurisdicción norteamericana sin que nada suceda", señala el capo a través de su defensa.
"Debe intervenir a fin de que el presente asunto no resulte en un colapso en la relación bilateral entre ambos países, puesto que no se debe perder de vista la irregular e ilegal manera en que el suscrito fui puesto a disposición de las autoridades de Estados Unidos", continúa.
"Exijo y demando que el Estado mexicano cumpla con su obligación ineludible de intervenir de manera inmediata, contundente y sin margen de discrecionalidad para exigir formalmente a los Estados Unidos de América garantías y seguridades absolutas, plenas, vinculantes e irrevocables de que no se me impondrá ni se ejecutará la pena de muerte en su jurisdicción".
"Esta exigencia no es opcional, ni puede ser interpretada como una cuestión de oportunidad política o diplomática. Esta exigencia no es opcional".
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