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8 de enero 2026 - 14:00

Registro obligatorio de la CURP en tu línea telefónica: fecha límite, cómo es el trámite y qué sucede si no lo haces

Se acabó el anonimato en los celulares de prepago. A partir de este 9 de enero, inicia la cuenta regresiva para vincular tu identidad a tu número móvil. Si no cumples antes de junio, tu línea será deshabilitada sin excepciones.

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Registro de CURP en líneas telefónicas.

Freepik

Si tienes un teléfono celular, especialmente en la modalidad de prepago (recargas), esta información es crítica para que no te quedes incomunicado a mitad de año. A partir de este 9 de enero y hasta el próximo 30 de junio de 2026, entra en vigor la disposición oficial que obliga a todos los usuarios de telefonía móvil en México a registrar su línea ante las operadoras.

La medida, impulsada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) tras los lineamientos aprobados el pasado 8 de diciembre, tiene un objetivo de seguridad nacional: eliminar el anonimato que permite la comisión de delitos como la extorsión y el secuestro virtual.

Históricamente, las líneas de pospago (plan de renta) ya están vinculadas a una identidad mediante contrato. Sin embargo, el gran hueco de seguridad residía en el prepago, donde bastaba comprar un chip y ponerle saldo en efectivo para operar sin rastro. Eso se termina hoy.

La nueva normativa exige crear un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. Para ello, las empresas deben recabar los datos biométricos o documentales de quien usa la línea.

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Registro de líneas telefónicas: qué necesito y cómo lo hago

El proceso es obligatorio tanto para personas físicas como morales. Tienes dos vías para realizarlo: presencial (en Centros de Atención a Clientes) o remota (a través de las apps o sitios web de tu compañía).

Requisitos para Personas Físicas:

Requisitos para Personas Morales (Empresas):

Lo que dicen las operadoras

Registro de líneas telefónicas: qué pasa si no lo hago antes del 30 de junio

La consecuencia es directa y severa: Tu línea será deshabilitada. Si para la fecha límite tu número no está asociado a una CURP o RFC validado, la compañía telefónica está obligada por ley a cortar el servicio. Perderás tu capacidad de hacer llamadas, navegar en internet y, potencialmente, perderás el número mismo.

Ante el temor de entregar información sensible, la CRT y las operadoras han asegurado que el resguardo de la información se apegará estrictamente a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Los datos no serán públicos, sino que servirán como herramienta jurídica en caso de que una línea sea utilizada para cometer un ilícito.

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