Mediante la Disposición 388/19 el ente recaudador aprobó el procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas en el ámbito de la AFIP abarcando Resoluciones Generales, Circulares y Disposiciones, que serán dictadas por el Administrador Federal y, en su caso, por los Directores Generales.
AFIP: admite consulta y elaboración participativa de las normas a dictarse
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Podrán participar del procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas, las asociaciones profesionales, cámaras representativas de sectores de interés, agrupaciones sectoriales, otras organizaciones intermedias debidamente reconocidas y/o ciudadanos interesados.
Propiciará el procedimiento la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional cuando, ya sea por su novedad, eventual impacto o repercusión, los proyectos normativos ameriten ser puestos a consideración. Las Direcciones Generales o Subdirecciones Generales también podrán impulsar el citado procedimiento, con la conformidad de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional.
Los proyectos normativos podrán ser tratados en el ámbito de los Espacios de Diálogo Institucional, y de considerarlo oportuno la Subdirección General de Servicios al Contribuyente habilitará temporariamente un micrositio en la web institucional en donde se difundirá el proyecto normativo y se recibirán las opiniones, propuestas y la documentación que se estime pertinente. El ingreso al micrositio se realizará mediante la utilización de la respectiva Clave Fiscal, habilitada con Nivel de Seguridad 2, como mínimo. Las opiniones y propuestas que se presenten durante el procedimiento establecido serán de carácter no vinculante. En el fundamento de la medida que fuera puesta a consideración mediante el procedimiento de consulta y elaboración participativa de normas, se dejará constancia de los aportes recibidos y de las modificaciones incorporadas al texto.
L.M.S.
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