Emergencia económica en Buenos Aires

Por el término de 180 días, prorrogables por igual término, regirá en la provincia de Buenos Aires la Ley 15.178 que dispuso la emergencia productiva, económica, financiera y tarifaria para las micro y pequeñas empresas radicadas en su jurisdicción.

El texto finalmente sancionado difiere del proyecto conocido previamente y fue reducido en sus alcances.

El conjunto de medidas que finalmente se aprobaron son acciones a implementar, indicándose los lineamentos generales y delegándose su implementación. Así, en materia tributaria se dispone que se instrumente, en conjunto con ARBA, un régimen de beneficios impositivos, que podrá incluir postergación de vencimientos de impuestos y tasas provinciales, rediseño de agenda de vencimientos o plan especial de facilidades de pagos. Como puede advertirse muchas de las medidas que la ley autoriza a poner en marcha como beneficios para las mipymes ya han sido establecidas por ARBA como el reciente régimen especial de facilidades de pago o la prórroga y reformulación de vencimientos.

A la par, la ley impulsa que se diseñen estrategias con los municipios para las mipymes que incluyan planes de pagos para regularizar “tasas e impuestos municipales”, regímenes de promoción, entre otros

Por otra parte se establece la coordinación con el Banco de la Provincia de Buenos Aires de líneas de créditos especiales para dicho sector de contribuyentes e incluso se prevé el otorgamiento de subsidios.

La capacitación y formación de mipymes no escapan a lo dispuesto en la ley actividades que abarcan aspectos en materia legal, contable, impositiva y de administración. Asimismo se estimula la creación de nuevas empresas.

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