BIENES PERSONALES
Reseña impositiva
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Reforma laboral, un análisis temático de la reglamentación
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¿Conoce la administración fiscal el principio de eficiencia burocrática?
RG 5.080 (AFIP) (BO 30/9/21)
Facilidades de pago. Adhesión. Extensión del plazo.
El organismo fiscal extendió hasta el 30 de noviembre de 2021, el plazo fijado en el art. 1° de la RG 4.959 para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la RG 4.057, regularicen sus obligaciones de Ganancias y sobre los Bienes Personales, en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos -siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D.
CRÉDITOS Y DÉBITOS BANCARIOS
RG 5.078 (AFIP) (BO 29/9/21)
Registro de Beneficios Fiscales. Proveedoras de servicios de pago. Fintech. Plazo. Prórroga.
Para que los proveedores de servicios de pago, empresas de cobranza y sus agentes puedan mantener los beneficios fiscales, la Administración Federal deIngresos Públicos dispuso la extensión hasta el 31 de octubre del plazo para que renueven su inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias.
La medida alcanza a las compañías encuadradas, a partir del 1 de agosto, en uno de los beneficios previstos por el Decreto 301/21.
INCENTIVOS FISCALES
RG 5.081(AFIP) (BO 30/9/21)
Programa de Asistencia a Cadena de Producción de Peras y Manzanas. Plazo. Extensión.
El Dto. 615/20, creó el Programa de Asistencia de emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de peras y manzanas del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, a fin de coadyuvar a la efectiva recuperación del sector. El Dto. 1055/20, modificaron los artículos 3° y 5° del decreto anterior, ampliándolo hasta el 30 de junio de 2021 l. En consecuencia se dispuso que la adhesión al plan de facilidades de pago pueda realizarse hasta el 30 de noviembre de 2021.
GANANCIAS
RG 5.080 (AFIP) (BO 30/9/21)
Facilidades de pago. Adhesión. Extensión del plazo.
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RÉGIMEN SIMPLIFICADO
RG 5.079 (AFIP) (BO 30/9/21)
Monotributistas. Beneficios. Mayor plazo.
La Ley 27.618 y el Decreto 337/21 establecieron y reglamentaron una serie de medidas de carácter transitorio y otras de vigencia permanente, vinculadas a la permanencia de los sujetos comprendidos en el Monotributo y/o a su traspaso al Régimen General. La RG 5.003 estableció el procedimiento y los plazos para usufructuar los beneficios previstos
Luego, la Ley 27.639 implementó el “Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes”, el que fue reglamentado por la RG 5.034.
Recientemente, a fin de mantener el cumplimiento y la regularización de las obligaciones tributarias la AFIP extendió los plazos de la Resolución General N° 5.003 hasta el 20 de diciembre y los de la 5.034 hasta el 30 de noviembre.
Res. 626/21 (MDP) (BO 04/10/21)
Crédito Tasa Cero 2021. Reglamentación. Adecuación.
La Res. 503/21 el Ministerio de Desarrollo Productivo estableció las condiciones para acceder al crédito tasa cero 2021 para monotributistas, cuyo detalle se incorpora en Anexo a la norma. No obstante, se modificó dejando sin efecto las condiciones de elegibilidad establecidas en los puntos 2.2, 2.3 y 2.5 del Reglamento de Acceso citado e incorporó el punto 2.9, con vigencia desde el 5/10/21, que dispone que no serán elegibles los solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al día 30 de junio de 2021.
R.H.F.
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