RUT-PF

La Resolución General 3/20 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (CACM)aplazó hasta el 1/6/20 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal (RUT-PF), que hubiera operado el 25/3/20, para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ISIB) con jurisdicción sede en las provincias de Buenos Aires, Córdoba (regía desde el 6/1/20 para esta provincia solamente), Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe, conforme lo establecido en las Resoluciones Generales 9/19 -fijaba la vigencia a partir del 5/12/19- y 15/19 -extendió la entrada en vigor hasta el 25/3/20- ambas de la CACM.

El organismo aprobó el RUT-PF a través de la RG 5/19 y la AFIP, por RG 4.624 implementó el mismo en el Sistema Registral.

Con posterioridad la Comisión Arbitral dictó las RG 9/19 y 15/19 antes citadas, respecto de la entrada en vigencia. Por su parte, el Ministerio de Finanzas de Córdoba dictó la Resolución 218/19 regulando la adhesión de la provincia al Registro, incorporando al mismo a los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y por RN 54/19 (DGR), fijó la vigencia a partir del 6/1/20. Así las cosas, la AFIP modificó la RG 4.624 mediante la RG 4.657 poniendo en marcha el RUT-PF, en la fecha indicada por la provincia de Córdoba, de manera que el Registro rigió para los contribuyentes nacionales y para los contribuyentes locales de Córdoba, manteniéndose para los locales de Buenos Aires, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe la vigencia desde el 25/3/20. Sin embargo, la reciente RG 3/20 de la CACM no hace distinción alguna respecto de la provincia de Córdoba que comenzó a regir antes, por lo que parece reformular la vigencia para todas las jurisdicciones adheridas a partir del 1/6/20 para todos los contribuyentes que tributan a través del Convenio Multilateral.

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