Seguridad social

BENEFICIOS SOCIALES

Dto. 624/20 (BO 29/07/20)

Despidos y suspensiones. Prorrogan prohibición.

Se prorrogó la prohibición de despidos sin justa causa y por falta o disminución de trabajo y/o fuerza mayor, por 60 días contados desde el vencimiento del plazo fijado por Dto. 487/20. En igual sentido e idéntico plazo se prorroga la prohibición de efectuar suspensiones por las causales citadas salvo las efectuadas en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Los despidos y las suspensiones que se dispongan no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes.

Res. 252/20 (RENATRE)

(BO 29/07/20)

Desempleo. Cuotas no cobradas. Procedimiento.

El reclamo de las cuotas de prestaciones por desempleo Ley 25.19,1 devengadas y no percibidas por el trabajador rural, se admitirá dentro de los dos años contados a partir de la fecha de la primera cuota que figure impaga en el sistema. La solicitud de reactivación, cuando el trabajador este nuevamente desempleado, opera dentro de los dos años a partir de la fecha de la primera suspensión de la prestación.

Dto. 626/20 (BO 30/07/20)

Ingreso Familiar de Emergencia. Nuevo pago

El Dto. 310/20 implementó el Ingreso familiar de Emergencia, consistente en una prestación monetaria no contributiva excepcional, destinada a compensar la pérdida o disminución de ingresos por la emergencia sanitaria. Consiste en la suma de $ 10.000 y lo percibe solo un integrante del grupo familiar, quedando a cargo de ANSES la cancelación. El PEN autorizó un nuevo pago por igual importe durante el mes de agosto.

RIESGOS DEL TRABAJO

Res. 59/20 (SRT) (BO 16/07/20)

Enfermedades profesionales denunciables.

Incorporan al Covid– 19

El Dto. 367/20 estableció que el COVID-19 se considerase presuntivamente como una enfermedad de carácter profesional no listada para los trabajadores de actividades esenciales y para los de la salud dispuso que el contagio, guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada, Para ejercer un rápido control sobre las prestaciones a brindar por aseguradoras y empleadores autoasegurados, a quienes cursen internación hospitalaria se incorporó la enfermedad al Listado de Lesiones a denunciar. Rige desde el 16/07/20.

SISTEMA INTEGRADO

PREVISIONAL ARGENTINO

Res. 619/20 (MTESS)

(BO 27/07/20)

Beneficios previsionales. Magistrados. Transferencia de funciones. Mayor plazo.

El PEN, por Dto. 354/20, otorgó 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la Ley 27.546 para que la ANSES y el Consejo de la Magistratura coordinen las acciones para la necesaria transferencia de las funciones, relacionadas con los beneficios previsionales otorgados por el Capítulo II del Título I de la Ley 24.018. Ahora se amplió por 90 días corridos el plazo citado.

Res. 273/20 (ANSES)

(BO 31/07/20)

Atención virtual. Incluyen más trámites.

La Res, 94/20 implementó el sistema ATENCIÓN VIRTUAL,, como una plataforma de atención de trámites a distancia, como medio de interacción del ciudadano con la ANSES, a través de la recepción y remisión, por medios electrónicos, de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones, y comunicaciones. Ahora se incorporó el Subsidio de Contención Familiar, Actualización de Datos en Base de Personas (ADP) y Tramitación de la Autorización para el Cobro de la Asignación por Hijo con Discapacidad.

L.M.S.

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