Seguridad social

APORTES Y CONTRIBUCIONES

Res. 445/21 (RENATRE) (BO 27/08/21)

Contribuciones. Empleadores rurales.

Plan de Pagos. Ampliación

El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), por Resolución 36/20, dispuso un plan de facilidades de pagos para el ingreso de las deudas de la Ley 25.191 y 26.727, que se mantuviesen al 30 de diciembre de 2020, disponiéndose que el acceso a las mismas operaba en la fecha citada. Posteriormente se amplió la vigencia y los periodos comprendidos hasta el 30 de junio de 2021 y ahora se extendió hasta el 29 de setiembre de 2021. Se ratifican la vigencia de todos aquellos convenios de pago suscriptos desde el 30 de junio y se dispone como requisito esencial, para el mantenimiento de los mismos, la presentación en término de las declaraciones juradas del empleador y la realización en tiempo y forma de los respectivos pagos.

ASIGNACIONES FAMILIARES

Res. 174/21 (ANSES) (BO 27/08/21)

Asignaciones familiares. Incremento.

Se reguló el incremento desde setiembre de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares, los que se detallan en anexos a la norma.

El límite de ingresos máximo aplicable al grupo familiar será $210.278 pero si uno de ellos percibe más de $105.139 los excluye del cobro.

RIESGOS DEL TRABAJO

Res. 46/21 (SRT) (BO 26/08/21)

Comisión Médica. Habitación. Córdoba

Reformulan las Comisiones Médicas en Córdoba. Queda la Comisión Médica N° 5, con asiento en la ciudad de Córdoba, que cuenta con las Comisiones 5 A, 5 B y 5 C y Delegaciones en San Francisco y Villa Dolores; la Comisión Médica N° 6 con asiento en Villa María y Delegaciones en Bell Ville y Río Tercero y la Comisión Médica N° 33, con asiento en Río Cuarto, y Delegación en Laboulaye.

La norma también informa las correspondientes circunscripciones judiciales que les competen así como la ubicación domiciliaria de las mismas. Rige desde el 27 de agosto de 2021.

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Res. 20/21 /SSS) (BO 25/08/21)

Índice de actualización de remuneraciones para obtener jubilación

Se estableció el índice combinado para la actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen en su actividad laboral desde el 31 de agosto o soliciten su beneficio previsional desde el 1 de setiembre de este año. Las remuneraciones mensuales actualizadas se anexan a la norma.

Res. 178/21 (ANSES) (BO 27/08/21)

Jubilaciones Montos mínimos y máximos

ANSES dispuso que desde el mes de setiembre 2021 el haber mínimo jubilatorio garantizado es $25.922,42 y el máximo $174.433,38. Las bases imponibles mínima y máxima se fijaron en $8.730,67 y $283.742,60 respectivamente, mientras que la PBU será $11.858,33 y la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM) será $20.737,94.

Las remuneraciones de quienes cesaren en la actividad desde el 31 de agosto o soliciten la jubilación desde el 1 de setiembre 2021 se actualizarán aplicando los índices determinados por la Secretaría de Seguridad Social en la Res. 20/21.

L.M.S.

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