2 de octubre 2019 - 19:35

Justicia porteña ahora tendrá que decidir si Uber es legal o no

La Sala III de la Cámara de Apelaciones elevó la causa al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para que se expida sobre la legalidad de la aplicación.

Taxistas porteños motorizaron las protestas contra Uber.
Taxistas porteños motorizaron las protestas contra Uber.
NA

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires elevó el expediente de la causa Uber al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño para que se expida sobre la legalidad o ilegalidad de la actividad.

Con este nuevo fallo, la Cámara declaró admisible el recurso extraordinario de inconstitucionalidad planteado por el fiscal Martín Lapadú, con relación a la causa que cuestiona el accionar de la empresa Uber Argentina y sus directivos.

Bajo el argumento que el caso reviste "gravedad institucional", la Cámara (que había revocado las condenas de primera instancia) elevó el expediente para que sea tratado en otra instancia, según informó en un comunicado el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad.

La Justicia porteña condenó en primera instancia a los directivos de la empresa, a partir de una investigación iniciada de oficio en la Unidad Fiscal Oeste desde que la firma comenzó a brindar sus servicios en el país en abril de 2016.

Dicha investigación se realizó en el marco de la violación de clausura y el uso indebido del espacio público, (artículos 76 y 88 del Código Contravencional) con penas impuestas de multa e inhabilitación por dos años. El procedimiento se lleva adelante también contra la empresa y sus responsables en el ámbito penal tributario.

En una sentencia del 7 de mayo pasado, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró que la actividad de Uber no constituye una contravención.

Y en junio pasado, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad revocó el bloqueo a la aplicación y a su página web en todo el país, el que había sido ordenado en febrero por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas.

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