Diputados aprobó reformas a régimen penal tributario
Aprobó la Cámara de Diputados esta tarde y giró al Senado modificaciones al Régimen Penal Tributario que buscan eludir cualquier forma de evasión fiscal, en el marco del paquete antievasión II que impulsa el Gobierno.
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El proyecto -que modifica los artículos 18 y 19 del Régimen Penal Tributario- establece que el organismo recaudador formulará la denuncia contra un posible evasor "una vez formada la convicción administrativa de la presunta comisión del hecho ilícito", sea que corresponda o no la determinación de la deuda.
Por otro lado, la iniciativa determina que el organismo recaudador "podrá abstenerse de formular denuncia penal respecto de la presunta comisión de delito, si de las circunstancias del hecho surge que no se ha ejecutado la conducta punible".
El tratamiento de estas modificaciones fue postergado a principios de abril, en el marco de una sesión en la que los diputados aprobaron otros cambios al Código de Procedimiento Tributario que otorgó mayor herramientas a la AFIP para evitar la evasión.
Otro punto central de este proyecto, que aún debe ser respaldado por el Senado, es que las respuestas que realice la AFIP ante una consulta de un contribuyente se vuelven vinculantes, es decir que tendrá válidez para cualquier presentación ante el orgaismo recaudador.
La defensa del proyecto estuvo a cargo de la diputada del PJ por Entre Ríos, Rosario Romero, quien sostuvo que la iniciativa "beneficiará a los contribuyentes y al organismo recaudador, a quien se le otorga más plazo para sus procesos administrativos para que lleguen a una convicción antes de formular la denuncia penal".
"Le estamos diciendo al organismo recaudador que no denuncie por las dudas y que se queden tranquilos que su decisión va a ser revisada por un organismo de control", aseveró la diputada del PJ, quien sostuvo que la norma apunta a "descompromir a los tribunales de considerar delitos que constituyen dudosamente una infracción al derecho penal".
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