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Gobierno exige que todas las automotrices produzcan aquí
El acuerdo actual permite hoy la importación de hasta u$s 2,1 desde Brasil por cada dólar que exporta la Argentina a su vecino, aunque este cupo se considera de manera general para cada mercado.
•Cupo general
La Argentina propone que este cupo, denominado flex, se aplique por empresa y no por país, para evitar que «las empresas que no están dispuestas a invertir se monten sobre el cupo general», según explicó Sigal. Sobre este tema, que apunta a obligar a las terminales a decidir la radicación de líneas de montaje en las plantas situadas dentro del territorio argentino, el funcionario de la Cancillería aseguróque la aceptación de la cláusula podría destrabar el acuerdo definitivo.
El nuevo marco automotor será necesario para permitir la transición hacia un mayor desarrollo industrial del sector en la Argentina, donde el gobierno ya cuenta con alguna herramienta para este objetivo. Este año, el presidente Néstor Kirchner firmó el Decreto 774 que establece incentivos impositivos para las nuevas líneas de producción que incorporen autopartes locales, que aún no está en aplicación ya que carece de partidas presupuestarias.
•Dificultades
Este decreto, sin embargo, encuentra algunas dificultades para entrar en vigencia debido a que México puso trabas en las negociaciones para ampliar preferencias arancelarias en otros productos, por considerar estos incentivos como subsidios. Por otra parte, Sigal aseguró que antes del 31 de enero estará firmado el acuerdo con Brasil de la Cláusula de Adaptación Competitiva (CAC) para equilibrar el comercio bilateral, aunque no descartó que el instrumento pueda firmarse durante el viaje que hará Kirchner a Brasil el 18 de enero, donde se encontrará en la primera cumbre del año con Luiz Inácio Lula Da Silva. Según el subsecretario, el acuerdo de la CAC estaba listo para firmarse durante el pasado encuentro de presidentes en Puerto Iguazú el 3 de noviembre, pero no se suscribió entonces porque «faltaba un repaso del texto».
En ese sentido, Sigal precisó que «había observaciones al texto por parte de Brasil en relación a cómo estaba expresado aunque no en cuanto a lo conceptual». El punto de divergencia en la redacción de la CAC es la manera en que está definido el concepto de daño y de daño eventual, y también existen dudas en cuanto al nivel arancelario que se aplicará para que no haya desvío de comercio desde un país extrazona.
La CAC establece que cuando alguno de los dos países registre algún perjuicio en algún sector por las importaciones de su socio podrá aplicar luego de un proceso de investigación una tarifa equivalente al Arancel Externo Común para ese rubro determinado.
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