6 de julio 2002 - 00:00

Vetan ley que impide corte de servicios a entidades públicas

Fijó el Gobierno la obligatoriedad de comunicar con una antelación de 30 días la interrupción de la prestación de agua, cloacas, luz, gas y telefonía. La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto que prohibía cortar por falta de pago los servicios a establecimientos públicos estatales, de Fuerzas Armadas y de Seguridad. El Ejecutivo consideró que "no es equitativo" con el resto de los usuarios. Texto completo de los decretos

El Gobierno vetó ayer la ley que impedía el corte de servicios de provisión de agua, cloacas, luz, gas y telefonía por falta de pago a establecimientos públicos asistenciales, educativos, de Fuerzas Armadas y de Seguridad, y fijó la obligatoriedad de comunicar con una antelación de 30 días la interrupción de la prestación.
 
El pasado 12 de junio, la Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto que prohibía cortar por falta de pago el suministro de servicios públicos en los establecimientos estatales.
 
El Decreto 1172/02 publicado ayer en el Boletín Oficial vetó en su totalidad el proyecto de ley registrado bajo el número 25.609, que en su artículo primero disponía que no se podía suspender por falta de pago las prestaciones cuando sean indispensables para el funcionamiento de colegios, hospitales, establecimientos sanitarios, o de fuerzas armadas y de seguridad.
 
En los considerandos del Decreto de veto, se señala que el artículo primero del proyecto de ley cuestionado, "no es equitativo respecto al esfuerzo que deben realizar los usuarios restantes de honrar en tiempo y forma con el pago del servicio".
 
Se tomó en cuenta además, que la ley vetada se contraponía a lo establecido en los contratos de concesión de servicios públicos ya que en el cuadro tarifario vigente no se encuadra al usuario por la actividad que realiza "sino por sus características consuntivas".
 
Por lo tanto el decreto consigna que "el proyecto de Ley desvirtua lo establecido oportunamente entre el Estado Nacional, en su rol de Concedente y las Concesiones de Servicios Públicos a través de los respectivos contratos vigentes".
 
Ahora el Decreto 1174/02, también conocido ayer, admite los cortes de servicios, pero dispone que la comunicación advirtiendo sobre los mismos, "deberá efectuarse con una antelación no menor de 30 días hábiles administrativos".
 
Las empresas de servicios privatizadas saludaron el veto del artículo ya que aseguraron que la facultad de suspender el servicio actúa en muchas oportunidades como un dispador para la negociación entre el usuario moroso y las compañías.
 
Un ejecutivo de Edenor consultado señaló que "la empresa estuvo en varias ocasiones a punto de interrumpir los servicios, pero ante la amenaza de corte se logró a último momento que los deudores pagarán al menos una parte de los consumos y se continuará negociando".
 
Sin embargo, el directivo no se mostró del todo conforme con la solución del Gobierno y agregó que "esto constituye una nueva afectación a la caja de la empresa dado que ahora tendrá un plazo más extenso para poder recuperar la energía consumida por los organismos públicos cuando simultáneamente la compañía tiene vedado el acceso al crédito bancario por la situación macroeconómica".
 
Las empresas privatizadas, entre las que se incluyen las de servicios públicos, dicen estar "al borde del default, por la pesificación de tarifas y devaluación monetaria dispuestas por el Gobierno" y "preocupados por estas ideas legislativas".

Ejecutivos del sector de las comunicaciones y gasífero consultados por Télam coincidieron en que la derogación de esa acción "constituye un hecho de racionalidad, porque no se puede alentar desde el Gobierno a que la gente no pague".
 
Mostraron también su preocupación "por otros proyectos demagogos que andan dando vueltas en el Parlamento y que tienen el mismo espíritu".
 
En ese sentido, también preocupa a las empresas un proyecto del diputado Héctor Polino, que la Cámara baja aprobó y giró al Senado, que declara en emergencia la situación económico-financiera de la totalidad de los usuarios de servicios públicos por 180 días.
 
El mismo fija que el monto de las deudas de los servicios de agua, luz, gas y telefonía a renegociar deberá considerarse en su valor original, sin recargos, actualizaciones, ni intereses, y con planes de planes de pago, de entre 12 y 36 cuotas.
 
Por otra parte, el ejecutivo de Edenor advirtió que el acuerdo marco que establece facilidades de pago a 70 mil clientes de escasos recursos -firmado a poco del inicio de la concesión-, vence a fin de agosto y no hay señales de que el tema esté siendo analizado por las máximas autoridades.

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