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Contra importación temporaria de draga
Postura
Ante este pedido, la Secretaría destaca: “acemos saber a usted, que el artefacto naval descripto puede ser construido en el país, en condiciones de plazo, precio, técnicas y de calidad internacionales, existiendo capacidad instalada para ello” pero aclara: “s oportuno hacer notar que, obviamente, ningún astillero nacional o de otro país podrá proveerla en el plazo perentorio pretendido por el organismo solicitante”
En tal sentido, concluye: “a industria local está en condiciones de construir el equipo, y sugiere que el armador coloque la orden de construcción localmente y la autoridad de aplicación le autorice la importación temporaria durante el plazo de construcción. La crisis que afecta a la industria en general y a esta industria naval argentina en particular, ha sido consecuencia de esta política permisiva que, sin justificación valedera y apartándose de los usos vigentes en los mismos países desarrollados, provoca desempleo y empobrecimiento generalizado”
“n el ámbito de esa Secretaría de Industria se encuentra en estudio el proyecto de decreto sobre Desarrollo de la Marina Mercante y la Industria Naval Argentina, iniciado en la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, que regirá hasta tanto se legisle sobre la materia. De su texto, surge meridiana, la solución para el caso planteado. Por las razones expuestas, esta Federación se opone a la ‘mportación temporaria’solicitada” finaliza.
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