15 de abril 2019 - 00:01

Senado: piden que los candidatos digan cómo van a gastar fondos públicos

El proyecto de Lucila Crexell (Movimiento Popular Neuquino) impone multas por cada día de demora y exige a cada postulante detalles de proyecciones para cuatro años de gastos, crédito público y bases para una ley de coparticipación federal.

Lucila Crexell.
Lucila Crexell.

Tras la tímida reinstalación de proyectos sobre traspaso presidencial ordenado -hoy de imposible viabilidad debido a las dificultades del Congreso para sesionar y la campaña electoral a la vuelta de la esquina-, desde el Senado comenzaron a aparecer derivados de esa discusión en cuanto a qué tendría que presentar cada fuerza política de cara la trifulca en las urnas. Por caso, desde el Movimiento Popular Neuquino (MPN), Lucila Crexell empuja una iniciativa para que los partidos con candidatos a presidente y vicepresidente publiquen, junto a su plataforma, un “presupuesto plurianual de al menos cuatro años”.

El objetivo del proyecto es que “ciudadanos, organizaciones sociales y demás interesados accedan a dicha información con anterioridad a la elección”. Ese presupuesto plurianual debe contemplar: proyecciones de recursos por rubros; descripción de las principales políticas presupuestarias; proyecciones de gastos por finalidad, funciones y carácter económico; programa de inversiones del período; programación de operaciones de crédito público; resultados económicos y financieros previstos; relación fiscal con provincias; y bases para una ley de coparticipación federal. Quien no lo presente, el juez con competencia electoral correspondiente podrá aplicar multas por cada día de demora.

“Corresponde recordar que el Poder Ejecutivo Nacional, cada vez que envía a este Congreso el Proyecto de Presupuesto General de la Administración Nacional, tiene la manda legal de incorporar en el Mensaje un presupuesto plurianual de por lo menos tres años, de acuerdo a lo establecido en el artículo sexto de la Ley de Administración de los Recursos Públicos. Con la reciente sanción de la Ley 27.428 -Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno-, se hizo extensiva tal obligación a los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires. La primera presentación de este presupuesto plurianual data de 1.999 y se lo viene presentando en forma ininterrumpida hasta la fecha”, señaló Crexell en los fundamentos del proyecto.

Días atrás, la legisladora desactivó la siesta relacionada con el debate del traspaso presidencial. Crexell volvió a presentar un proyecto que adelantó Ámbito Financiero y que establece, por ejemplo, que “el jefe de Gabinete de Ministros deberá enviar a los candidatos un informe de gestión, incluyendo informes por cada uno de los ministerios, estado de las cuentas fiscales y proyecciones fiscales para el período en curso” una vez “proclamadas las candidaturas presidenciales luego de las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias”.

El siguiente artículo deja en claro que “una vez proclamada la fórmula presidencial entrante, el Poder Ejecutivo de la Nación no podrá tomar decisiones de carácter administrativo o fiscal que comprometan a la futura gestión”, mientras que los “actos y decisiones” de esa “naturaleza” llevarán “consigo una nulidad insanable”.

Por otra parte, “a los cinco días de proclamada la nueva fórmula presidencial, se dispondrá una reunión entre el presidente saliente y el presidente entrante que favorezca el diálogo y la cooperación entre ambas administraciones”. Al día siguiente de ese convite “se constituirá el Consejo de Transición, que estará conformado por una Comisión de Gobierno en Ejercicio y una Comisión de Gobierno Electo”.

La primera comisión “estará encabezada por el jefe de Gabinete saliente y se integrará con los ministros salientes”, quienes estarán “obligados a colaborar e informar de la manera más detallada posible el estado de sus áreas de competencia”. En tanto, la segunda será integrada “por los ciudadanos que nombre el presidente entrante, en un número equivalente a los integrantes de la Comisión de Gobierno en Ejercicio, no pudiendo ser menor a seis”.

Para las PASO, los organismos involucrados presentarán informes de gestión “cuya actualización sea como mínimo un mes antes de las mismas”, los cuales tendrán “carácter de Declaración Jurada y están disponibles ante cualquier requerimiento de los sujetos legitimados para hacerlo”. En esos documentos deberán estar la “estructura, organigrama de cargos, misiones y funciones del organismo; documentos oficiales sobre las medidas de política llevadas a cabo; informe financiero y administrativo del organismo, detallando las distintas áreas; informe de préstamos financieros en gestión, otorgados y solicitados; convenios interinstitucionales vigentes con detalle de ejecución y gestión; informe sobre las bases de datos que administre el organismo” y “programas, planes y proyectos llevados a cabo durante el Gobierno, en ejecución, en suspenso o a ser implementados por el organismo”.

También tendrán que aparecer informes “sobre recursos humanos y situación de los agentes; informe de las contrataciones, licitaciones, ventas o transacciones del organismo en curso o proyectadas para los próximos 12 meses, y el procedimiento utilizado; informe de bienes muebles e inmuebles del área conforme al inventario; descripción de los procesos judiciales en las que el organismo sea parte y que estén pendientes en los tribunales nacionales, provinciales o internacionales; listado de las resoluciones emitidas por el organismo, y de toda disposición normativa aplicable al mismo”; y la “cantidad de contratos, compromisos, acuerdos y convenios de cooperación firmados por área del organismo”.

La Comisión de Gobierno en Ejercicio deberá “entregarle a la Comisión de Gobierno Electo los informes” de gestión “antes de transcurrida la mitad del período de transición, a efectos de la elaboración del informe final de transición”. Este último “estará compuesto por un resumen ejecutivo elaborado por la Comisión de Gobierno Electo, respecto de toda la información recabada, los informes de gestión e informes complementarios”. Además, esta comisión dispondrá de diez días hábiles “a partir de la asunción de las autoridades electas, para elevar el informe final de transición al Presidente Entrante, al Presidente Saliente, al Honorable Congreso de la Nación, a la Auditoría General de la Nación y a la autoridad responsable de la Comisión del Gobierno en Ejercicio”.

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