A partir del corriente mes habrá modificaciones a considerar por parte de los empleadores en lo que respecta a los anticipos mensuales del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según informó la firma de servicios profesionales, CPA Ferrere.
¿Cuáles son los cambios del IRPF que ya se aplican?
Uno por uno, todas las claves a tener en cuenta para el pago del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas desde este mes.
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A partir de abril se aplicará la rebaja al IRPF.
Las nuevas deducciones referidas a hijos menores de edad a cargo son de 9.433 pesos mensuales, es decir, 20 BPC —Base de Prestaciones y Contribuciones— anuales, y de 18.866 pesos mensuales (40 BPC anuales) para hijos menores o mayores que se encuentren legalmente declarados como incapacitados, o sufran una discapacidad grave. Cabe recordar que 1 BPC equivale a 5.660 pesos.
Por otro lado, se establece un aumento en la escala de tasa de deducciones para aquellas personas que cuenten con ingresos menores a 84.900 pesos mensuales (180 BPC anuales), que pasará de un 10% a un 14%, mientras que la tasa de deducciones para ingresos superiores permanecerá sin cambios. Para estos ingresos no se considerarán el aguinaldo ni el salario vacacional.
¿Cómo hacer para deducir los préstamos hipotecarios?
Para deducir la cuota de los préstamos hipotecarios hay un límite referido al costo de adquisición de la propia vivienda. Este límite pasará ahora de ser de unos 117.000 dólares —794.000 Unidades Indexadas (UI)— a ser de 148.000 dólares, es decir, 1.000.000 de UI, aproximadamente. Asimismo, se mantiene el monto tope de deducción anual en 5.200 dólares (o aproximadamente 36 BPC).
Se incrementará el porcentaje para imputar un crédito fiscal al 8%
Se incrementará el porcentaje sobre el cual se puede imputar un crédito fiscal, desde un 6% a un 8% por sobre el precio del arrendamiento.
Todas estas modificaciones deben ser consideradas para el ejercicio 2023, comenzando a aplicarse las mismas con los anticipos del mes de abril de 2023.
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