9 de septiembre 2026 - 19:37

A qué edad podrán jubilarse los adultos mayores en 2027 gracias a la reforma de Claudia Sheinbaum

La presidenta de México Claudia Sheinbaum estableció un decreto que impacta directamente en la clase trabajadora cotizante del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

A qué edad podrán jubilarse los adultos mayores en 2027 gracias a la reforma de Claudia Sheinbaum.

A qué edad podrán jubilarse los adultos mayores en 2027 gracias a la reforma de Claudia Sheinbaum.

La reforma de jubilación anticipada impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum indicó que los adultos mayores en 2027 podrán jubilarse a los 60 años para pensión por Cesantía en Edad Avanzada y a los 65 años para la pensión por Vejez, incorporando esquemas que garantizan el 100 % del último salario base para quienes ganen hasta el promedio nacional.

Este decreto impacta directamente en la clase trabajadora cotizante del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Las modificaciones normativas garantizan que los empleados del sector público y privado puedan tramitar su retiro formal sin el riesgo de sufrir un incremento en los límites de edad exigidos por la ley.

A través del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el Gobierno de México complementa las percepciones de los cotizantes bajo el régimen individual, revirtiendo las mermas generadas por las reformas de 1997 y 2007 para ofrecer una vejez digna.

Requisitos de semanas cotizadas para jubilarse en el IMSS e ISSSTE de cara a 2027

Además de mantener los 60 y 65 años como edades límite fijadas por la legislación vigente, el esquema de jubilación considera un ajuste progresivo en el número de semanas cotizadas requeridas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social para los afiliados bajo la Ley de 1997:

  • Cesantía en Edad Avanzada: Ocurre al cumplir entre 60 y 64 años de edad, siempre que el trabajador haya quedado desocupado de su trabajo remunerado habitual.

  • Pensión por Vejez: Se otorga a partir de los 65 años de edad, otorgando el máximo porcentaje del apoyo y asignaciones familiares estipuladas.

  • Incremento de Semanas Cotizadas (Ley 97): De acuerdo con el calendario de la reforma laboral, para el año 2027 la exigencia de semanas acumuladas alcanzará un total de 875 semanas cotizadas (sumando 25 semanas anuales desde el piso de 750 fijado en 2021).

  • Régimen de la Ley 73 (IMSS): Para quienes cotizaron antes del 1 de julio de 1997, la exigencia se mantiene en un mínimo de 500 semanas cotizadas, conservando los derechos adquiridos.

De cuánto será el beneficio económico bajo el nuevo decreto de pensiones

El aporte central del decreto presidencial garantiza que la pensión de los trabajadores que ganen un monto igual o menor al salario promedio registrado ante el IMSS no se vea recortada por las comisiones y rendimientos de las Afores. Con la entrada en vigor del complemento gubernamental, el cálculo de las pensiones se estructura de la siguiente forma:

  • Topado al Salario Promedio IMSS: Los trabajadores que cumplan los requisitos de edad (60 o 65 años) recibirán una pensión equivalente al 100 % de su último sueldo, siempre que este no rebase el tope del salario medio nacional registrado.

  • Financiamiento del Fondo de Pensiones: La diferencia entre la tasa de reemplazo generada por la Afore individual (que promediaba entre 40 % y 60 %) y el último salario devengado será cubierta directamente por la bolsa del Fondo de Pensiones para el Bienestar.

  • Indexación a la Inflación: Las pensiones otorgadas bajo este sistema mantendrán su valor adquisitivo con revisiones anuales automáticas vinculadas al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

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