1 de noviembre 2026 - 17:00

Clara Brugada confirma multas en noviembre 2026 para conductores de scooters y bicicletas que no cumplan con estos requisitos en CDMX

La regulación de vehículos eléctricos personales establece condiciones para circular, portar placas y contar con licencia.

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Clara Brugada confirma multas en noviembre 2026 para conductores de scooters y bicicletas que no cumplan con estos requisitos en CDMX

La regulación de los scooters y las bicicletas eléctricas en la Ciudad de México (CDMX) incorpora nuevas obligaciones para quienes utilizan estos medios de transporte. Las disposiciones buscan ordenar la circulación de vehículos motorizados de baja velocidad y establecer reglas de identificación para las unidades que superan determinados parámetros de peso y velocidad.

El cambio alcanza a conductores que utilizan estos equipos para trasladarse al trabajo, estudiar o recorrer distancias cortas. No todos los modelos están sujetos a las mismas exigencias: la normativa distingue según las características del vehículo y establece cuándo corresponde tramitar placas y una licencia específica.

Las personas que ya tenían una unidad antes de la entrada en vigor de las nuevas reglas deben prestar atención a los plazos de regularización. Circular sin cumplir las disposiciones aplicables puede derivar en sanciones económicas.

CDMX: cuándo inician las multas para scooters y bicicletas eléctricas

La regulación de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) estableció un calendario para incorporar placas y licencias a determinadas unidades. De acuerdo con la información difundida por el Gobierno de la Ciudad de México, las obligaciones de emplacamiento comenzaron a aplicarse desde el 1 de julio de 2026 para los vehículos que reúnen las características previstas.

En el caso de las unidades adquiridas antes de esa fecha, se fijó como plazo para realizar el trámite el 20 de noviembre de 2026. La normativa también contempla sanciones para quienes incumplan las reglas de circulación, por lo que los usuarios deben verificar qué obligaciones corresponden a su vehículo.

Los vehículos eléctricos personales que superan los 25 km/h y pesan más de 35 kilos están sujetos a requisitos específicos.

La información oficial difundida en mayo estableció que las multas podían aplicarse desde el 1 de septiembre, con montos de entre 10 y 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Por eso, no debe interpretarse noviembre como el comienzo general de las sanciones: esa fecha corresponde al plazo de regularización de vehículos adquiridos con anterioridad.

CDMX: qué scooters y bicicletas eléctricas deben tener placas

La obligación de emplacamiento está dirigida a los vehículos eléctricos personales que superan los 25 kilómetros por hora y tienen un peso superior a 35 kilogramos, conforme a los criterios difundidos por las autoridades capitalinas.

La distinción es importante porque no todos los equipos que se comercializan como bicicletas eléctricas o scooters entran automáticamente en la misma categoría. La velocidad máxima y el peso de la unidad son los parámetros que deben revisarse para determinar si corresponde registrarla.

El Gobierno capitalino informó que existen dos tipos de matrícula, con un costo de 709 pesos. La clasificación y los requisitos concretos deben verificarse en los canales oficiales de movilidad, especialmente porque las características técnicas del vehículo definen el tipo de registro que corresponde.

CDMX: qué requisitos deben cumplir los conductores de scooters

Además de las placas cuando corresponda, los conductores deben contar con la licencia adecuada para la categoría de vehículo. La regulación difundida por las autoridades contempla licencias tipo A1 y A2, con costos informados de 572 y 1,142 pesos, respectivamente.

Las unidades adquiridas antes del 1 de julio de 2026 tienen como plazo de regularización el 20 de noviembre.

La documentación exigida depende de la clasificación de la unidad. Por eso, antes de circular, los usuarios deben comprobar si su scooter o bicicleta eléctrica queda alcanzado por la regulación y cuál es el permiso que deben tramitar.

También es importante respetar las disposiciones generales de tránsito. El hecho de utilizar un vehículo eléctrico no exime al conductor de las obligaciones de circulación ni de las medidas de seguridad previstas para estos medios de transporte.

CDMX: dónde realizar el emplacamiento

Quienes deban registrar su vehículo tienen que consultar los canales oficiales de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (SEMOVI) para conocer el procedimiento vigente, los documentos requeridos y los puntos de atención habilitados.

La normativa contempla multas de entre 10 y 20 UMA por incumplimientos.

Antes de iniciar la gestión, conviene tener identificadas las características técnicas de la unidad, como su peso y velocidad máxima. Esos datos permiten determinar qué categoría corresponde y evitar iniciar un trámite equivocado.

Los usuarios que compraron su vehículo antes del 1 de julio deben considerar el 20 de noviembre de 2026 como fecha límite de regularización informada para esas unidades. La recomendación es no esperar al último momento y revisar las actualizaciones oficiales, ya que los procedimientos administrativos pueden incorporar cambios o precisiones.

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