En México, el tema de las pensiones sigue generando incertidumbre, especialmente entre los trabajadores que cotizan al IMSS bajo el régimen de la Ley 97. Desde su implementación, esta ley ha sido objeto de múltiples malentendidos que han llevado a miles de adultos mayores a dudar si recibirán o no una pensión al momento de su retiro.
El falso mito sobre la Ley 97 del IMSS que hace dudar a miles de adultos mayores
Miles de adultos mayores dudan sobre su retiro por un mito común: que la Ley 97 del IMSS no otorga pensión. Aquí te explicamos por qué eso es falso.
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El falso mito sobre la Ley 97 del IMSS que hace dudar a miles de adultos mayores
Uno de los mitos más extendidos es que la Ley 97 no garantiza una pensión, a diferencia de su antecesora, la Ley 73. Esta creencia ha causado confusión y preocupación, pero se trata de una afirmación inexacta. La diferencia entre ambas leyes radica en la forma en que se financian las pensiones, no en la existencia o no del derecho a recibirlas.
A diferencia de la Ley 73, donde el Estado paga directamente la pensión, en la Ley 97 los recursos provienen de la cuenta individual de cada trabajador administrada por una Afore. Esto ha provocado que algunos piensen que, si su ahorro es bajo, simplemente no tendrán pensión. La realidad es que existen mecanismos para garantizar un ingreso en la vejez, incluso si los recursos en la cuenta son limitados.
Ley 97 del IMSS: los requisitos
Bajo el régimen de la Ley 97 del IMSS, existen tres modalidades para acceder a una pensión:
- Renta Vitalicia
- Retiro Programado
- Pensión Mínima Garantizada
Cada una tiene sus propias características y es importante conocerlas para tomar una decisión informada al momento del retiro.
En cuanto a los requisitos generales, el IMSS establece que los trabajadores deben cumplir con lo siguiente:
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Tener al menos 60 años para solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada (CEA) o 65 años para la pensión por vejez (VE).
Estar dados de baja del IMSS, es decir, ya no estar cotizando.
Contar con mínimo 825 semanas cotizadas, cifra que incrementará en 25 semanas por año hasta llegar a 1,000 semanas en 2030.
Estos requisitos aplican a todos los trabajadores que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, fecha en que entró en vigor esta reforma.
Ley 97 del IMSS: cómo solicitarla
La pensión bajo la Ley 97 se puede iniciar en línea o de forma presencial. El trámite comienza en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente al trabajador, donde se presenta la documentación solicitada. También existe la opción de iniciar el proceso mediante la plataforma Mi Pensión Digital, en el sitio web oficial del IMSS.
Aunque el portal permite adelantar el trámite, es indispensable acudir presencialmente para entregar los documentos y concluir el procedimiento. Una vez validado todo, se puede seleccionar entre las opciones de Renta Vitalicia, Retiro Programado o, en caso de cumplir con las condiciones, la Pensión Mínima Garantizada.
Cada modalidad tiene implicaciones distintas:
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La Renta Vitalicia se contrata con una aseguradora y ofrece una pensión fija de por vida.
El Retiro Programado se gestiona directamente con la Afore y los pagos se realizan hasta agotar los recursos disponibles.
La Pensión Mínima Garantizada está respaldada por el gobierno federal y aplica cuando el ahorro acumulado es insuficiente, asegurando un ingreso mínimo vitalicio.
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