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29 de julio 2025 - 15:00

El falso mito sobre la Ley 97 del IMSS que hace dudar a miles de adultos mayores

Miles de adultos mayores dudan sobre su retiro por un mito común: que la Ley 97 del IMSS no otorga pensión. Aquí te explicamos por qué eso es falso.

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En México, el tema de las pensiones sigue generando incertidumbre, especialmente entre los trabajadores que cotizan al IMSS bajo el régimen de la Ley 97. Desde su implementación, esta ley ha sido objeto de múltiples malentendidos que han llevado a miles de adultos mayores a dudar si recibirán o no una pensión al momento de su retiro.

Uno de los mitos más extendidos es que la Ley 97 no garantiza una pensión, a diferencia de su antecesora, la Ley 73. Esta creencia ha causado confusión y preocupación, pero se trata de una afirmación inexacta. La diferencia entre ambas leyes radica en la forma en que se financian las pensiones, no en la existencia o no del derecho a recibirlas.

A diferencia de la Ley 73, donde el Estado paga directamente la pensión, en la Ley 97 los recursos provienen de la cuenta individual de cada trabajador administrada por una Afore. Esto ha provocado que algunos piensen que, si su ahorro es bajo, simplemente no tendrán pensión. La realidad es que existen mecanismos para garantizar un ingreso en la vejez, incluso si los recursos en la cuenta son limitados.

Ley 97 del IMSS: los requisitos

Bajo el régimen de la Ley 97 del IMSS, existen tres modalidades para acceder a una pensión:

  1. Renta Vitalicia
  2. Retiro Programado
  3. Pensión Mínima Garantizada
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Cada una tiene sus propias características y es importante conocerlas para tomar una decisión informada al momento del retiro.

En cuanto a los requisitos generales, el IMSS establece que los trabajadores deben cumplir con lo siguiente:

Estos requisitos aplican a todos los trabajadores que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, fecha en que entró en vigor esta reforma.

Ley 97 del IMSS: cómo solicitarla

La pensión bajo la Ley 97 se puede iniciar en línea o de forma presencial. El trámite comienza en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente al trabajador, donde se presenta la documentación solicitada. También existe la opción de iniciar el proceso mediante la plataforma Mi Pensión Digital, en el sitio web oficial del IMSS.

imss dinero

Aunque el portal permite adelantar el trámite, es indispensable acudir presencialmente para entregar los documentos y concluir el procedimiento. Una vez validado todo, se puede seleccionar entre las opciones de Renta Vitalicia, Retiro Programado o, en caso de cumplir con las condiciones, la Pensión Mínima Garantizada.

Cada modalidad tiene implicaciones distintas:

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