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28 de julio 2026 - 09:00

Es oficial: el SAT visitará casa por casa para confirmar si eres un pensionado del IMSS e ISSSTE válido

Se trata de una medida avalada por el reglamento del organismo tirbutario.

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Checa lo que tienen para decir el IMSS y el ISSSTE. 

Los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podrían ser objeto de visitas domiciliarias por parte de las autoridades fiscales cuando existan inconsistencias en su información. La medida fue confirmada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que explicó en qué casos puede realizar estas revisiones.

Aunque la información suele generar preocupación entre los jubilados, las visitas no se realizan de manera masiva ni aleatoria. El procedimiento únicamente se activa cuando el SAT detecta diferencias entre los ingresos declarados y la información reportada por instituciones como el ISSSTE, el IMSS, las Afores, bancos o aseguradoras.

De esta manera, los pensionados que además perciben ingresos por rentas, inversiones, intereses o actividades económicas deberán asegurarse de que toda esa información esté correctamente declarada. El objetivo de estas revisiones es verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y no la condición de pensionado en sí.

La explicación legal que dio el organismo: por qué se hará esto

El SAT explicó que cuenta con la facultad legal de realizar visitas domiciliarias para comprobar que la información presentada por los contribuyentes sea correcta. Esta atribución está prevista en el artículo 42, fracción III del Código Fiscal de la Federación, que autoriza a la autoridad fiscal a revisar la situación de personas físicas y morales cuando existan elementos que justifiquen una inspección.

La autoridad precisó que la edad o la condición de jubilado no eximen del cumplimiento de las obligaciones fiscales. Por ello, si un pensionado del ISSSTE o del IMSS recibe ingresos adicionales, como el alquiler de un inmueble, rendimientos financieros o ganancias derivadas de una actividad empresarial, deberá reportarlos correctamente en sus declaraciones.

Si el SAT encuentra diferencias entre lo declarado por el contribuyente y la información proporcionada por terceros, podrá iniciar una revisión que incluso contemple una visita al domicilio registrado. Estas inspecciones buscan corroborar que los datos fiscales coincidan con la realidad y detectar posibles omisiones.

Los derechos de los jubilados en caso de error

Durante una visita domiciliaria, los adultos mayores conservan una serie de derechos protegidos por la ley. El artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores establece que pueden recibir asesoría jurídica gratuita y deben ser informados con claridad sobre el motivo de la revisión y sus obligaciones fiscales.

En caso de detectar un error u omisión en su declaración, el contribuyente tiene la posibilidad de corregir voluntariamente su situación desde el inicio de la revisión y hasta antes de que el SAT emita la resolución definitiva. Si regulariza su información dentro de ese plazo, el procedimiento puede concluir sin mayores consecuencias.

Por el contrario, si las inconsistencias no son corregidas, la autoridad fiscal podrá imponer sanciones económicas. La legislación contempla multas del 20% cuando el pago se realiza antes de la notificación del acta final de la revisión y del 30% si el pago se efectúa después del acta, pero antes de la liquidación correspondiente.

Ante este panorama, el SAT recomienda a los pensionados del ISSSTE y del IMSS mantener actualizado su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como su Constancia de Situación Fiscal, especialmente si reciben ingresos provenientes de más de una fuente. Esto ayuda a evitar inconsistencias que puedan derivar en una revisión domiciliaria.

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