18 de enero 2026 - 11:00

IMSS aclara que las pensiones no se heredan: quiénes tienen derecho a reclamar dinero ante la muerte de un pensionado en 2026

Checa quiénes tienen derecho a reclamar sus pensiones del IMSS. Fíjate qué dice el organismo.

Checa lo que tiene para decir el IMSS.

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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aclaró una de las dudas más frecuentes entre los mexicanos de cara a 2026: qué sucede con la pensión cuando una persona pensionada fallece. Muchas familias creen que este ingreso se puede heredar como cualquier otro bien, pero la ley establece reglas muy específicas que es importante conocer para evitar confusiones y trámites innecesarios.

La autoridad previsional remarcó que la pensión del IMSS no forma parte de una herencia tradicional, como una casa, un vehículo o una cuenta bancaria. Sin embargo, el fallecimiento del pensionado no implica que el apoyo económico desaparezca por completo, ya que existen figuras legales que protegen a ciertos familiares directos.

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En ese contexto, el IMSS explicó que lo que se otorga no es una herencia, sino una pensión derivada, la cual solo puede ser reclamada por beneficiarios expresamente reconocidos por la ley. Conocer quiénes tienen derecho y bajo qué condiciones resulta clave para acceder a estos recursos en 2026.

Pensión IMSS: qué sucede si un pensionado muere

Cuando un pensionado del IMSS fallece, la institución puede continuar otorgando un ingreso mensual a algunos de sus familiares, siempre que cumplan con los requisitos legales. El primer grupo con derecho es el cónyuge o concubina(o). La viuda o viudo puede solicitar una pensión por viudez, siempre que acredite el vínculo legal con la persona fallecida.

En el caso del concubinato, generalmente se exige haber vivido juntos al menos cinco años antes del fallecimiento o haber tenido hijos en común. Además, para conservar este derecho, la persona sobreviviente no debe contraer un nuevo matrimonio. De hacerlo, la pensión puede ser suspendida.

El segundo grupo con derecho son los hijos del pensionado. Los menores de 16 años pueden recibir una pensión por orfandad, la cual puede extenderse hasta los 25 años si el hijo se encuentra estudiando y no trabaja. También tienen derecho los hijos con una incapacidad permanente que les impida mantenerse por sí mismos, sin importar la edad.

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Otro grupo que puede ser beneficiario son los padres del pensionado fallecido. En estos casos, el IMSS puede otorgar una pensión por ascendencia, pero solo si los padres dependían económicamente del pensionado y siempre que no existan viuda(o) ni hijos con derecho a pensión. La dependencia económica debe comprobarse de manera formal.

El IMSS es claro al señalar que no todos los familiares pueden recibir la pensión. Hermanos, nietos, sobrinos u otros parientes no tienen derecho, aunque hayan convivido o dependido emocionalmente del pensionado. Tampoco es posible dejar la pensión en un testamento, ya que se trata de un derecho social y no de un bien heredable.

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En cuanto al monto, los beneficiarios no reciben el 100% de la pensión original. Por lo general, se otorga un porcentaje que varía según el tipo de beneficiario. Además, en algunos casos, el IMSS puede pagar una ayuda para gastos funerarios, siempre que se solicite dentro de los plazos establecidos.

Para acceder a estos derechos, los familiares deben realizar el trámite ante el IMSS y presentar documentos como el acta de defunción, actas de nacimiento, matrimonio o pruebas de concubinato. Informarse a tiempo puede evitar problemas y asegurar que los apoyos lleguen a quienes realmente les corresponden.

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