En una resolución que marca un antes y un después para la seguridad social en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha forzado una reingeniería en la aplicación de la Ley del Seguro Social de 1973. La Segunda Sala del máximo tribunal determinó que el esquema actual discriminaba injustificadamente a los padres de los trabajadores fallecidos, entregándoles montos muy inferiores en comparación con otros beneficiarios.
IMSS cambia la Ley 73 del IMSS para siempre y miles de pensionados reciben mucho más dinero por mes
Este dictamen fue emitido años atrás y provocó un punto de inflexión en relación a pensiones por parentesco.
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Cambios en la pensión IMSS de Ley 73.
El fallo, que sienta un precedente obligatorio para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), establece que la distinción de porcentajes basada en el parentesco viola el derecho a la igualdad y debe eliminarse de inmediato para proteger la subsistencia de los ascendientes.
Del 20% al 90%: el salto en el ingreso en estas pensiones del IMSS Ley 73
Hasta antes de esta determinación, la Ley 73 operaba con una lógica desigual:
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Si el beneficiario era el cónyuge o concubina, el IMSS otorgaba el 90% de la pensión que le correspondía al trabajador.
Si los beneficiarios eran los padres (ascendientes) dependientes, la ley solo les asignaba un 20%.
La Corte ha declarado inconstitucional este tope. A partir de ahora, los padres del asegurado fallecido tienen derecho a recibir el mismo porcentaje del 90%, equiparándolos totalmente con las pensiones por viudez. Esto representa un incremento sustancial en el ingreso mensual para miles de adultos mayores que perdieron a sus hijos y que dependían de ellos para vivir.
En qué casos aplica este aumento en IMSS Ley 73
Es vital aclarar que este beneficio no se suma arbitrariamente. Para que el IMSS reconozca el 90% a los padres, se deben cumplir las condiciones de prelación que marca la ley:
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Inexistencia de familia nuclear: Aplica cuando el trabajador fallecido no tenía cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión.
Dependencia Económica: Se debe acreditar que los padres dependían financieramente del asegurado.
IMSS: diferencias entre Ley 73 y Ley 97
Ley 73
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Ley 97
- Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.




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