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22 de enero 2026 - 11:11

IMSS cambia para siempre la Ley 73 por orden de la Suprema Corte: aumentan los montos para miles de pensionados

La Segunda Sala del Máximo Tribunal corrige una "discriminación histórica" en el cálculo de pensiones. A partir de ahora, los padres dependientes de un trabajador fallecido recibirán el mismo porcentaje que una viuda, terminando con la disparidad del 20%.

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Cambios en la Ley 73 del IMSS.

En una resolución que reconfigura las obligaciones financieras del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y amplía la red de protección económica para los adultos mayores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo determinante sobre la Ley del Seguro Social de 1973.

La Segunda Sala del tribunal constitucional ha declarado que dicha normativa, bajo la cual se rigen millones de trabajadores en transición, vulnera el derecho a la igualdad. El motivo: establecía porcentajes de pensión radicalmente distintos basándose únicamente en el parentesco del beneficiario, castigando severamente a los padres del asegurado.

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El fin de la brecha: Del 20% al 90%

El litigio, resuelto originalmente en 2023 pero cuyos efectos resuenan ahora como criterio obligatorio, atacó la "letra chiquita" de la Ley 73. Históricamente, esta norma otorgaba una pensión equivalente al 90% del monto al cónyuge o concubino sobreviviente (pensión por viudez).

Sin embargo, si el beneficiario era un ascendiente (padre o madre que dependía económicamente del trabajador fallecido), la ley solo les asignaba un precario 20%.

La Corte ha calificado esta distinción como discriminatoria. Por ello, ordenó que los padres del asegurado tengan derecho a recibir el mismo 90%, equiparando sus derechos con los de las pensiones por viudez.

No es un regalo, es justicia laboral

El fallo de la Corte va más allá de los números y entra al fondo del derecho laboral. Los ministros precisaron que la pensión no constituye un beneficio gratuito o una concesión discrecional del Estado o del IMSS.

Se trata de un derecho patrimonial derivado de las aportaciones que el trabajador realizó durante toda su vida activa. El objetivo de este dinero es garantizar la subsistencia de sus deudos, ya sean pareja, hijos o padres.

“La pensión se gesta con el esfuerzo del trabajador, por lo que no puede existir una distinción injustificada entre los beneficiarios”, sentenció la SCJN.

IMSS

¿Qué cambia en la práctica para el IMSS?

Esta decisión establece un precedente obligatorio para jueces y tribunales. Esto significa que el IMSS está obligado a modificar su criterio de interpretación.

A partir de ahora, cuando un trabajador fallezca y no existan cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión, pero sí existan padres que dependían económicamente de él, el Instituto deberá calcular la pensión con el 90% y no con el 20% que dictaba la vieja norma.

Esta medida representa un acto de justicia social para miles de adultos mayores que, tras perder a sus hijos —quienes eran su sostén económico—, quedaban en la indefensión con montos insuficientes para vivir.

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