8 de noviembre 2026 - 13:00

IMSS confirma aumento del 15% a todos los pensionados de Ley 73 que hagan este trámite durante noviembre 2026

El IMSS contempla asignaciones familiares para pensionados de Ley 73. Conoce quiénes pueden solicitarlas y cómo se determina el complemento.

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 IMSS confirma aumento del 15% a todos los pensionados de Ley 73 que hagan este trámite durante noviembre 2026

El monto mensual de una pensión no siempre queda determinado únicamente por las semanas cotizadas y el salario utilizado para calcularla. Para quienes están bajo el régimen de la Ley 73, existe un mecanismo que puede modificar el importe recibido cuando el pensionado tiene familiares que dependen económicamente de él.

Se trata de las asignaciones familiares, un complemento previsto en la legislación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para determinados beneficiarios. El trámite permite reconocer responsabilidades económicas del pensionado y sumar porcentajes al monto de su prestación, siempre que se acrediten los vínculos y las condiciones requeridas.

Aunque se han difundido aumentos de entre 10% y 15%, no significa que todos los pensionados reciban automáticamente el mismo incremento. La cantidad adicional depende del tipo de familiar registrado y de las circunstancias particulares de cada caso.

Pensión IMSS: de qué se tratan las asignaciones familiares de Ley 73

Las asignaciones familiares son un beneficio económico adicional contemplado para pensionados por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez que se encuentran bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. Su finalidad es reconocer que algunas personas jubiladas continúan sosteniendo económicamente a integrantes de su familia.

Las asignaciones familiares pueden incrementar la pensión de determinados beneficiarios de la Ley 73.

El mecanismo contempla familiares directos, como esposa o concubina, hijos y, en determinadas condiciones, padres que dependan económicamente del pensionado. Cuando se acredita la situación correspondiente, el IMSS puede incorporar un porcentaje adicional al pago mensual.

El incremento no es idéntico para todos los casos. La legislación establece porcentajes diferenciados según el parentesco y las condiciones de cada beneficiario, por lo que es necesario revisar la situación familiar antes de calcular cuánto podría aumentar la pensión.

En consecuencia, el anuncio de un posible complemento de hasta 15% no debe interpretarse como un aumento general para todos los jubilados. Es un beneficio sujeto a requisitos y a la comprobación de los familiares que pueden generar el derecho.

Pensión IMSS: reglas y plazos de asignaciones familiares de Ley 73

Para solicitar las asignaciones familiares, el pensionado debe acreditar el vínculo con la persona que pretende registrar y presentar la documentación correspondiente ante el IMSS. Los documentos pueden variar según se trate de cónyuge, concubina, hijos o padres, por lo que conviene consultar previamente los requisitos específicos.

El organismo debe verificar que se cumplan las condiciones previstas en la legislación y que la información presentada sea suficiente para reconocer al familiar como beneficiario. No basta con declarar que una persona depende económicamente del pensionado: esa situación debe comprobarse conforme a las reglas aplicables. El porcentaje adicional se calcula sobre la pensión que corresponda y depende de la categoría del familiar. Por eso, antes de realizar el trámite es recomendable revisar el expediente, reunir las actas y documentos de identidad necesarios y solicitar orientación en los canales oficiales del Instituto.

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También es importante evitar confundir las asignaciones familiares con otros complementos o ayudas que pueden aparecer en el sistema de pensiones. Cada figura tiene sus propios requisitos y no todas se aplican de manera automática.

Los pensionados de Ley 73 que consideren que tienen derecho a este beneficio pueden consultar al IMSS durante noviembre para conocer el procedimiento y verificar qué documentos deben presentar. El incremento no está garantizado para todos, sino para quienes acrediten las condiciones que establece la ley.

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