La presidenta Claudia Sheinbaum ha confirmado la plena operatividad del Fondo de Pensiones para el Bienestar en este 2026, una medida descrita por el Ejecutivo como un acto de reparación histórica y que busca revertir los efectos nocivos de las reformas neoliberales —específicamente la de 2007 del ISSSTE y la de 1997 del IMSS— que condenaban a los trabajadores a jubilarse con una fracción mínima de sus ingresos reales.
IMSS e ISSSTE: Claudia Sheinbaum confirma decreto que revierte la reforma del 2007 y millones de pensionados cobran con aumento automático
El Fondo de Pensiones para el Bienestar opera a toda marcha para garantizar que la "Generación Afore" se retire con el 100% de su último sueldo, corrigiendo décadas de precariedad en el retiro.
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Claudia Sheinbaum y su principal anuncio para las pensiones de este 2026.
Durante su conferencia matutina, la mandataria fue tajante: el objetivo es asegurar un retiro digno. El mecanismo ya no es una propuesta legislativa, sino una realidad presupuestaria que complementa automáticamente las pensiones raquíticas del sistema de cuentas individuales.
La esencia de esta medida es el "tasa de reemplazo". Bajo el esquema anterior de las Afores, un trabajador podía finalizar su vida laboral recibiendo apenas el 30% o 40% de su sueldo.
“El Fondo de Pensiones para el Bienestar es una manera de revertir la reforma del 2007 porque les da pensiones dignas a todos aquellos que se quedaron en cuentas individuales", enfatizó Sheinbaum. El ejemplo que puso la mandataria ilustra el cambio drástico en el poder adquisitivo de los jubilados: "En vez de retirarse con cuatro mil pesos, si ganaban 16 mil, se van a retirar con un ingreso mensual de 16 mil pesos de manera automática”.
Fondo de Pensiones para el Bienestar: los requisitos
Los pensionados que pueden ser beneficiados por el Fondo de Pensiones para el Bienestar deben cumplir los cinco requisitos que se detallan a continuación:
- Estar inscritos en el IMSS o ISSSTE.
- Haberse jubilado o jubilarse bajo el régimen de cuentas individuales (Ley del IMSS 1997 o ISSSTE 2007).
- Haber cumplido con el mínimo de semanas o años cotizados requeridos por su respectivo instituto.
- Tener una pensión inicial inferior al 100% de su último salario registrado.
- Solicitar el complemento a través del procedimiento que habilitará el Gobierno Federal una vez que el fondo esté en operación.
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