Las personas nacidas en 1979 que cotizan en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no podrán recibir la pensión vitalicia, amparada por el Régimen de 1973, la cuál se le otorga a los beneficiarios para el resto de sus vidas.
IMSS: los nacidos en 1979 no podrán recibir la pensión vitalicia
Entérate las diferencias entre la Ley del IMSS 1997 y el Régimen de 1973.
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¿Naciste en 1979? Es importante que sepas esto.
El motivo es simple: dichas personas iniciaron su vida laboral formalmente a los 18 años, cuando comenzó a regir la Ley del IMSS 1997. Por ende, quienes nacieron en 1979 tienen derecho a una pensión bajo el esquema Administradora de Fondos para el Retiro (una Afore).
Es importante aclarar que quienes ingresan bajo las normas de la Ley del IMS 1997 son quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de dicho año. Todos aquellos que lo hicieron antes, están enmarcados bajo el Régimen de 1973.
Ley del IMSS 1997 vs. Régimen de 1973
Ley del IMSS 1997: es para los que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 y podrán recibir, a manera de pensión, los recursos ahorrados en su Afore.
Régimen de 1973: es para los que cotizaron antes del 1 de julio de 1997, y podrán recibir una pensión de vejez o cesantía vitalicia, luego de transferir, a través del IMSS, a una compañía de seguros, los recursos acumulados en su cuenta individual administrada por su Afore.
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