Miles de pensionados Ley 73 del Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) podrían recibir un depósito del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) durante julio de 2026 si cuentan con recursos acumulados en el Fondo de Ahorro 1972-1992 o en la Subcuenta de Vivienda que nunca fueron utilizados para obtener un crédito hipotecario. Se trata de un dinero que pertenece a los trabajadores y que puede solicitarse mediante el procedimiento establecido por el instituto.
Este beneficio no corresponde a un programa temporal ni a un apoyo extraordinario. Es un derecho para quienes cotizaron bajo la Ley 73 del IMSS y nunca ejercieron un crédito de vivienda con los recursos aportados por sus patrones, por lo que el dinero permanece resguardado por el Infonavit hasta que sea reclamado.
El monto que cada pensionado puede recuperar varía de acuerdo con los años cotizados, el salario registrado, las aportaciones patronales y si parte del ahorro fue utilizado previamente. En algunos casos la devolución es de unos cuantos miles de pesos, mientras que otros jubilados pueden recibir cantidades mucho mayores, por lo que revisar si existe saldo disponible puede representar un ingreso adicional durante el retiro.
Infonavit: el dinero escondido de miles de pensionados de Ley 73 del IMSS
El llamado "tesoro escondido" corresponde principalmente al Fondo de Ahorro 1972-1992, así como a otros recursos que pudieron permanecer en la Subcuenta de Vivienda del Infonavit. Durante la vida laboral, los patrones realizaron aportaciones destinadas a financiar un crédito para vivienda, pero muchos trabajadores nunca utilizaron ese beneficio.
Cuando una persona obtiene su pensión bajo la Ley 73 del IMSS, esos recursos no desaparecen. Si cumple con los requisitos establecidos y existe saldo disponible, puede solicitar la devolución del dinero acumulado, ya que se trata de un ahorro que le pertenece.
Este beneficio está dirigido principalmente a quienes ya reciben una pensión del IMSS bajo la Ley del Seguro Social de 1973, nunca ejercieron un crédito Infonavit y conservan recursos en el Fondo de Ahorro 1972-1992 o en la Subcuenta de Vivienda. También pueden solicitar la devolución los beneficiarios legales cuando el trabajador falleció y existe un saldo pendiente.
Infonavit: cómo solicitar ese dinero si soy pensionado de Ley 73 del IMSS
El trámite inicia con la confirmación de que existe dinero disponible en la cuenta del trabajador. Una vez verificado el saldo, el pensionado deberá reunir la documentación correspondiente y presentar la solicitud de devolución ante el Infonavit, ya sea en línea o, dependiendo del caso, de forma presencial en un Centro de Servicio Infonavit (CESI).
Entre los documentos que generalmente solicita el instituto se encuentran una identificación oficial vigente, la CURP, el Número de Seguridad Social (NSS), el RFC, la resolución o concesión de pensión emitida por el IMSS y un estado de cuenta bancario con CLABE para recibir el depósito. Si el trámite es realizado por beneficiarios tras el fallecimiento del trabajador, también deberán acreditar legalmente ese derecho.
No existe una fecha límite específica para reclamar estos recursos. Sin embargo, especialistas recomiendan realizar el procedimiento lo antes posible para evitar complicaciones administrativas o la necesidad de conseguir documentación antigua que pueda retrasar la devolución del dinero.
Infonavit: cómo checar si me corresponde ese dinero
Antes de iniciar cualquier trámite, el primer paso es verificar si realmente existe un saldo disponible. El Infonavit permite realizar esta consulta mediante sus herramientas en línea o directamente en alguno de sus Centros de Servicio, donde el instituto confirma si el trabajador tiene recursos susceptibles de devolución.
Para efectuar la consulta normalmente será necesario proporcionar datos personales como el Número de Seguridad Social (NSS), la CURP, el RFC y otra información que permita validar la identidad del solicitante. Con esos datos, el instituto informa si existe dinero pendiente y cuál es el procedimiento que debe seguirse.