ISSSTE elimina requisito de la reforma 2007 y ahora sí miles de mexicanos reciben su pensión gracias a la Suprema Corte
Entérate de esta resolución que tomó la Corte Suprema mexicana en torno a los concubinatos del organismo de previsión social de los empleados públicos. Checa además cómo funciona.
El fallo de la Corte que afecta a los concubinatos del ISSSTE: qué se sabe
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que podría transformar el acceso a pensiones en México. Esto representa un gran paso para los aspirantes a adquirir ciertos beneficios dentro del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Por eso es importante conocer qué se sabe y cómo es que esta resolución marca un antes y un después para miles de trabajadores y sus parejas.
Hasta ahora, el ISSSTE exigía cumplir con al menos cinco años de convivencia o tener hijos en común para reconocer el concubinato y otorgar una pensión. Sin embargo, este requisito fue declarado inconstitucional por el máximo tribunal, al considerar que no refleja la realidad de las familias actuales.
La decisión, aprobada por mayoría calificada, abre la puerta a que más personas puedan acceder a derechos de seguridad social sin estar sujetas a condiciones rígidas. No obstante, también deja interrogantes importantes sobre cómo se aplicará el nuevo criterio y qué cambios podrían venir en el futuro.
ISSSTE: el caso que llegó a la Suprema Corte
El fallo tiene su origen en un caso concreto que evidenció las limitaciones del sistema. Un hombre que mantenía una relación de concubinato desde 2019 con una trabajadora del ISSSTE fallecida en 2022 solicitó la pensión correspondiente. Aunque en 2023 un juez reconoció legalmente el vínculo, el instituto negó el beneficio en 2024 por no cumplirse el requisito de los cinco años.
Tras interponer un amparo, el caso llegó a la Suprema Corte, donde el proyecto fue elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo. El argumento central fue que exigir un plazo fijo para validar una relación es “irracional”, ya que los vínculos familiares no necesariamente se consolidan en un tiempo determinado.
La Corte coincidió en que este requisito vulneraba derechos fundamentales como la igualdad y la protección de la familia, reconocidos en la Constitución mexicana. Con ello, modificó un criterio que se mantenía vigente desde 2007.
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Un punto clave es que la resolución no establece un nuevo plazo mínimo para acreditar el concubinato. En cambio, deja en claro que cada caso deberá analizarse de manera individual, considerando las pruebas que demuestren la relación, como convivencia, dependencia económica o reconocimiento social.
ISSSTE: las voces en contra
A pesar de que el fallo representa un avance en términos de derechos, también abre un debate importante en el ámbito legislativo. Algunas ministras, como Lenia Batres, advirtieron que eliminar el requisito temporal podría tener implicaciones financieras para el ISSSTE.
El argumento principal es que, sin un criterio claro, podría ampliarse significativamente el número de beneficiarios, lo que impactaría el presupuesto del sistema de pensiones. En la misma línea, la ministra María Estela Ríos cuestionó si el cambio en las estructuras familiares justifica eliminar por completo los parámetros existentes.
Por ello, uno de los temas pendientes es una posible reforma legislativa que defina cómo se acreditará el concubinato en adelante. El Congreso tendrá la tarea de establecer reglas claras que equilibren el reconocimiento de nuevas formas de familia con la viabilidad financiera del sistema.
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