En una resolución histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un golpe de timón definitivo en beneficio de la clase trabajadora. El máximo tribunal del país dictaminó de forma oficial la invalidez de una de las trabas administrativas más severas y controvertidas impuestas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para autorizar las solicitudes de pensiones por viudez a concubinos.
La Suprema Corte anula un requisito del IMSS para que más familias puedan acceder a una pensión
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido un fallo que aporta mayor seguridad a todas aquellas familias que atravezaban problemas a la hora de solicitar su pensión por viudez.
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La Suprema Corte anula un requisito del IMSS para que más familias puedan acceder a una pensión.
Esta "meganoticia" del ámbito judicial y de finanzas personales derriba una barrera burocrática que durante décadas dejó en el desamparo financiero a miles de parejas en el territorio nacional. La determinación de la Segunda Sala de la Corte responde a la necesidad de adecuar los marcos legales a las dinámicas sociales actuales de las familias mexicanas, eliminando requisitos que vulneraban el derecho a la seguridad económica.
A continuación, te explicamos minuciosamente cuál fue el requisito anulado, cómo impacta esta medida a los beneficiarios y qué pasos seguir en este 2026.
El requisito de los 5 años de concubinato que invalidó la Suprema Corte
El foco de la controversia jurídica se centró en el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, el cual estipulaba las condiciones bajo las cuales una pareja en unión libre podía reclamar los derechos económicos del asegurado fallecido. Específicamente, la SCJN invalidó el requisito del IMSS que obligaba a acreditar un mínimo de 5 años de concubinato previos a la muerte del trabajador para tener derecho a percibir la pensión por viudez.
Los ministros de la Suprema Corte determinaron de manera unánime que fijar una temporalidad obligatoria tan estricta resulta una medida desproporcionada, restrictiva y violatoria de los derechos fundamentales a la seguridad social y a la protección de la familia. El tribunal precisó que la existencia de una relación de concubinato y el proyecto de vida en común no pueden medirse ni condicionarse de forma absoluta por el transcurso de un plazo arbitrario de cinco años, sobre todo cuando existen otros medios de prueba idóneos para constatar la legitimidad, estabilidad y afectividad de la unión de la pareja.
"Aunque las personas solicitantes de la pensión deben acreditar la existencia del concubinato mediante la demostración de un lazo afectivo, solidario y de convivencia, la Corte precisó que no pueden ser obligadas a cumplir con un plazo único determinado para garantizar ese derecho", detalló la resolución judicial.
¿Quiénes son las familias beneficiadas con este fallo histórico del IMSS?
La anulación de este criterio administrativo abre las puertas de forma inmediata para que una escala masiva de derechohabientes en todo México pueda gestionar su protección financiera sin el temor a un rechazo institucional. El listado de los principales beneficiarios con este nuevo panorama legal abarca a:
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Parejas en unión libre con corto tiempo de convivencia: Personas que mantuvieron una relación de concubinato estable y demostrable por un periodo menor a los 5 años exigidos anteriormente y cuyo cónyuge falleció estando en activo o siendo pensionado del IMSS.
Concubinos sin hijos en común: Previamente, el IMSS exentaba el requisito de los 5 años únicamente si la pareja había tenido hijos en común. Con esta resolución, quienes no tuvieron descendencia pero vivían en unión libre ya no estarán atados a la restricción temporal para reclamar su sustento.
Juicios de pensión en trámite: Todos aquellos procesos legales o de reclamación que se encontraban congelados o rechazados en las subdelegaciones del IMSS bajo el argumento de la temporalidad del concubinato podrán reactivarse utilizando este nuevo precedente judicial obligatorio.
Cómo solicitar la pensión por viudez bajo el nuevo criterio de la SCJN
A partir de la publicación de esta jurisprudencia en el Semanario Judicial de la Federación en este mes de junio de 2026, las ventanillas de Prestaciones Económicas del IMSS tienen la obligación de ajustar sus criterios de evaluación. Para iniciar el trámite de solicitud de la pensión por viudez bajo este esquema de concubinato flexibilizado, el interesado debe realizar los siguientes pasos de regularización:
En primer lugar, es un requisito ineludible tramitar la Declaración de Concubinato a través de una jurisdicción voluntaria ante un juez de lo familiar o mediante un acto administrativo ante el Registro Civil de su localidad. Al eliminarse la barrera de los 5 años, el solicitante podrá valerse de testimoniales, comprobantes de domicilio compartidos, cuentas bancarias mancomunadas o pólizas de seguro donde aparezca como beneficiario para certificar la relación de pareja estable.
Una vez obtenida la resolución judicial o el acta de concubinato, se deberá acudir de forma presencial a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que correspondía al asegurado fallecido, portando original y copia de la identificación oficial vigente, CURP certificada, RFC, acta de defunción del trabajador, constancia de semanas cotizadas y la cuenta CLABE donde se realizarán los depósitos mensuales del retiro.
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