El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó que el esquema normativo conocido como Ley de 1973 (Ley 73) se encuentra en la recta final y una fecha estimada en la que dejará de incorporar a nuevos beneficiarios. Aunque no se trata de una reforma sorpresiva ni de la cancelación de derechos adquiridos, el cambio generacional en el mercado de trabajo hace inevitable el cierre paulatino de este modelo solidario.
El IMSS Ley 73 dejará de dar pensiones a partir de esta fecha: ya comenzó la cuenta regresiva
El Instituto Mexicano del Seguro Social ha explicado los motivos que dan fin a este cotizado sistema de pensiones. Checa todos los detalles y asegúrate si todavía estas a tiempo.
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El IMSS Ley 73 dejará de dar pensiones a partir de esta fecha: ya comenzó la cuenta regresiva.
La razón detrás de esta cuenta regresiva se remonta a la reforma estructural implementada el 1 de julio de 1997. A partir de esa fecha, todos los trabajadores que se dieron de alta por primera vez ante el Seguro Social quedaron adscritos de forma obligatoria al sistema de cuentas individuales administrado por las Afores (Ley 97).
Por ello, la existencia de la Ley 73 depende de manera exclusiva de la "generación de transición" que cotizó previo a dicho ajuste y que aún se mantiene laboralmente activa.
¿En qué fecha exacta dejará de otorgar pensiones el IMSS bajo la Ley 73?
De acuerdo con las proyecciones actuariales del organismo y estimaciones de especialistas en seguridad social, la incorporación de nuevos pensionados bajo el régimen de la Ley 73 llegará a su fin definitivo durante la década de 2040. El punto de extinción biológica y laboral se ubica con precisión hacia el año 2045, momento en que las últimas personas que cotizaron antes de julio de 1997 habrán alcanzado los 65 años de edad para la pensión por vejez.
Es fundamental aclarar que esta fecha límite aplica únicamente para el registro de nuevas solicitudes de jubilación. Aquellos trabajadores que ya cobran su pensión mensual bajo la Ley 73, así como quienes logren tramitarla antes del cierre del periodo de transición, tienen asegurados sus depósitos de por vida. Los pagos mensuales y los incrementos anuales acordes a la inflación continúan respaldados por el Presupuesto de la Federación.
Requisitos para pertenecer a la Ley 73 y no perder el derecho en 2026
Para que un trabajador que se aproxima al retiro pueda acogerse a los beneficios de la Ley 73 —cuyo cálculo toma en cuenta el promedio salarial de los últimos cinco años cotizados y no solo el saldo de la Afore—, debe validar su historial ante el instituto y cumplir con las siguientes condiciones vigentes en este 2026:
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Fecha de alta inicial: Haber comenzado a cotizar formalmente ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997.
Semanas cotizadas: Contar con un mínimo de 500 semanas reconocidas en el sistema (a diferencia de las 875 semanas requeridas en la Ley 97 para este 2026).
Edad de retiro: Tener al menos 60 años cumplidos para la pensión por Cesantía en Edad Avanzada, o 65 años para la pensión por Vejez.
Conservación de derechos: Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, el cual equivale a la cuarta parte del tiempo total cotizado a partir de la fecha de baja laboral.
Ley 73 vs. Ley 97: la brecha económica que preocupa a los futuros retirados
La progresiva desaparición del régimen de 1973 marca un contraste radical en los ingresos que recibirán las futuras generaciones de jubilados en México. En la Ley 73, la Pensión Mínima Garantizada vinculada al salario mínimo se sitúa en 10,637 pesos mensuales para este año, con la posibilidad de elevar sustancialmente el monto a través de estrategias como la Modalidad 40 (Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio).
Por el contrario, los trabajadores bajo el régimen de la Ley 97 dependerán exclusivamente del ahorro acumulado en su cuenta individual, la tasa de rendimiento de las Siefores y las aportaciones voluntarias que hayan realizado a lo largo de su trayectoria. Debido a esta disparidad, consultores previsionales sugieren a todos los cotizantes que iniciaron su vida laboral antes de 1997 revisar de inmediato sus datos personales y Constancia de Semanas Cotizadas para planificar su retiro sin imprevistos.
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