Ser beneficiario de la Pensión del Bienestar y la Pensión IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) al mismo era una duda que siempre estaba rondando en la vida de los adultos mayores. Sin embargo las autoridades del gobierno de Claudia Sheinbaum han confirmado que es posible cobrar ambos apoyos económicos.
Quiénes son todos los adultos mayores que pueden obtener la pensión IMSS y del Bienestar al mismo tiempo
El Instituto Mexicano del Seguro Social y la Secretaría del Bienestar han despejado todas las dudas en relación a este importante beneficio para los adultos mayores.
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Quiénes son todos los adultos mayores que pueden obtener la pensión IMSS y del Bienestar al mismo tiempo.
Existe un extendido error de interpretación entre la población civil que asume que, al comenzar a recibir el apoyo económico federal de la Secretaría del Bienestar, se pierde en automático el derecho a la jubilación ganada tras años de cotizar en el sector privado o público, o viceversa. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y los lineamientos de la federación han salido a aclarar las reglas de operación vigentes para este ejercicio fiscal.
Ambas prestaciones pueden coexistir de manera 100% legal en las cuentas bancarias de los beneficiarios debido a que poseen naturalezas jurídicas e institucionales completamente distintas. Sin embargo, para acceder a este doble beneficio, los derechohabientes deben cumplir con un perfil normativo muy específico.
Por qué es legal tener la pensión IMSS y la pensión Bienestar simultáneamente
La compatibilidad absoluta entre estos dos esquemas económicos radica en su origen financiero y constitucional. La pensión otorgada por el IMSS es de carácter contributivo; esto significa que es una prestación económica que el trabajador construyó a lo largo de su vida laboral mediante las aportaciones y cuotas de nómina descontadas junto a su patrón y el Estado. Por lo tanto, se trata de un derecho laboral adquirido e inalienable amparado por la Ley del Seguro Social, ya sea bajo el histórico régimen de la Ley de 1973 o el sistema de cuentas individuales de la Ley de 1997.
Por otra parte, la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores opera bajo un modelo no contributivo de carácter universal. Esto significa que está consagrada en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como un derecho humano para todas las personas de la tercera edad, sin importar su historial laboral, nivel de ingresos o situación de retail financiero. Al ser un programa de justicia social universal financiado directamente con el Presupuesto de Egresos de la Federación, las reglas de operación prohíben estrictamente discriminar, excluir o dar de baja a un adulto mayor por el simple hecho de contar con una jubilación o pensión laboral previa.
Quiénes son todos los adultos mayores elegibles para recibir ambos depósitos
Bajo el marco legal y operativo vigente para este año 2026, el universo de beneficiarios que tiene el derecho ineludible de cobrar y acumular ambas pensiones al mismo tiempo se compone por los siguientes perfiles de la población civil:
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Adultos mayores de 65 años con registro previo en el IMSS: Todo ciudadano que ya se encuentre formalmente pensionado por el IMSS (ya sea por cesantía en edad avanzada, vejez, invalidez, riesgo de trabajo o viudez) y que cumpla o haya superado la edad mínima de 65 años, que es el requisito biológico indispensable fijado por la Secretaría del Bienestar.
Jubilados bajo cualquier régimen de ley: No importa si la persona se retiró con la Ley del 73 (promedio de los últimos 5 años de salario) o con la Ley del 97 (fondos de su AFORE); si cuenta con 65 años o más, califica de forma automática para incorporarse al padrón universal del Bienestar.
Trabajadores en retiro con datos biométricos actualizados: Aquellos abuelitos que cuenten con su documentación en regla ante ambas instituciones y cuyas cuentas de retail bancario no presenten discrepancias en su Clave Única de Registro de Población (CURP) certificada.
El paso a paso para tramitar el apoyo del Bienestar si ya estás pensionado por el IMSS
Para los adultos mayores que ya cobran su mensualidad laboral ordinaria pero aún no se han dado de alta en el programa de la federación, el proceso de incorporación es 100% gratuito, presencial y libre de intermediarios. Las autoridades federales exhortan a la ciudadanía a ignorar portales de internet informales o supuestos gestores que soliciten dinero en efectivo o datos de tarjetas bancarias a cambio de acelerar el registro en el padrón nacional.
El trámite se activa de acuerdo con el calendario oficial de convocatorias publicado por la Secretaría del Bienestar, el cual suele organizarse por orden alfabético según la primera letra del apellido paterno. El derechohabiente o su adulto auxiliar registrado debe acudir físicamente al Módulo del Bienestar más cercano a su domicilio con el siguiente expediente en original y copia:
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Identificación oficial vigente con fotografía: Credencial para votar (INE), pasaporte o cédula profesional.
Acta de nacimiento: Legible y en buen estado de conservación.
CURP certificada: Con impresión reciente que muestre la leyenda "verificada por el Registro Civil".
Comprobante de domicilio reciente: Recibo de luz, agua, teléfono fijo o predial no mayor a tres meses de antigüedad.
Teléfono de contacto activo: Número telefónico (celular o fijo) para recibir las notificaciones de retail bancario sobre la entrega del nuevo plástico.
Una vez validados los documentos por los Servidores de la Nación, se procederá a la entrega de la Tarjeta del Banco del Bienestar, a través de la cual se dispersarán los apoyos bimestrales correspondientes de forma directa y limpia.
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