6 de octubre 2025 - 13:32

SAT te obliga a cambiar la firma electrónica: quiénes deben hacerlo de forma urgente en octubre 2025 para evitar multas

Ten en cuenta esto si tienes registrada tu firma electrónica. La medida apunta a cuidar los datos de todos los contribuyentes.

SAT y una advertencia sobre la e-firma.

SAT y una advertencia sobre la e-firma.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió esta semana que miles de contribuyentes deberán renovar su firma electrónica (e.firma) de forma inmediata, debido a que su vigencia está por expirar.

La dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) recordó que esta herramienta tiene una validez de cuatro años a partir de su emisión o última renovación, y su vencimiento podría generar complicaciones graves, como la imposibilidad de presentar declaraciones, emitir facturas o acceder a devoluciones de saldo a favor.

Según el SAT, la e.firma es un conjunto de datos cifrados que permite identificar de manera segura a los contribuyentes en todos los trámites digitales ante la autoridad fiscal y otras instancias gubernamentales. Su renovación no solo es un requisito administrativo, sino una medida de seguridad tecnológica para prevenir fraudes, robo de identidad o uso indebido de información fiscal.

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SAT: cómo saber si tu e.firma está por vencer en octubre 2025

La autoridad fiscal invitó a los contribuyentes a utilizar la plataforma Certisat Web, disponible en el portal oficial del SAT, donde se puede verificar el estado y la vigencia tanto de la e.firma como del Certificado de Sello Digital (CSD). Basta con ingresar a la opción “Verificación de certificados” y seguir los pasos para confirmar si el documento sigue activo o necesita ser renovado.

En caso de haber caducado, el trámite de renovación puede realizarse en línea o en cualquier oficina del SAT con cita previa, presentando una memoria USB, identificación oficial y la clave del RFC.

SAT: consecuencias por no renovar la e.firma

El SAT advirtió que no contar con una e.firma vigente puede traer consecuencias fiscales serias. Entre ellas:

  • Multas por incumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Cancelación o suspensión del RFC.
  • Imposibilidad de emitir facturas electrónicas.
  • Pérdida de acceso a devoluciones de impuestos o trámites en curso.

Además, el organismo recordó que la contraseña del RFC también puede ser desactivada si el contribuyente presenta un aviso de cancelación por fallecimiento, liquidación o fusión de sociedades, o si la autoridad determina suspender el registro por irregularidades.

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