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11 de febrero 2026 - 10:06

Suprema Corte anula requisitos de la reforma del 2007 del ISSSTE y ahora miles de mujeres pueden recibir su pensión: de qué se trata el fallo

El Pleno determinó que exigir cinco años de convivencia o tener hijos para comprobar el concubinato es inconstitucional y discriminatorio. La minoría advierte un severo golpe a la viabilidad financiera del Instituto.

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Suprema Corte falla en contra de reforma 2007 del ISSSTE.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un antes y un después en materia de seguridad social y derechos familiares en México. En una decisión que abandona los criterios restrictivos sostenidos durante casi una década, el Alto Tribunal declaró inconstitucionales los requisitos de la Ley del ISSSTE (vigentes desde la reforma de 2007) que exigían a las parejas en concubinato demostrar al menos cinco años de convivencia, o tener un hijo en común, para acceder a una pensión por viudez.

Con una mayoría calificada de seis votos a favor y dos en contra, la Corte abre la puerta para que miles de personas —históricamente, en su mayoría mujeres— puedan reclamar este derecho sin enfrentarse a trabas temporales que, a ojos de los ministros, resultaban "irracionales".

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El ISSSTE propone este nuevo proyecto para los pensionados.

Pensiones ISSSTE: el fin de una regla "irracional"

El proyecto, elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, fue contundente: condicionar la seguridad social a un lustro de convivencia vulnera los derechos a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y discrimina abiertamente por estado civil.

"Los lazos afectivos y de solidaridad que caracterizan a una familia no nacen forzosa y puntualmente a los cinco años, sino que pueden surgir desde antes", argumentó el ministro ponente.

Con este fallo, la nueva integración de la Corte derriba la jurisprudencia que la extinta Segunda Sala mantuvo entre 2008 y 2015, la cual validaba la constitucionalidad de los artículos 41 y 131 de dicha ley. Sin embargo, el Tribunal Pleno no fijó un nuevo plazo mínimo. Espinosa Betanzo subrayó que esa es tarea del Poder Legislativo, recordando que las leyes locales ya han reducido este margen (de uno a tres años, dependiendo el estado).

Pensiones ISSSTE: nuevos modelos de familia y el pulso demográfico

El debate en el Pleno reflejó la transformación social de México. Para fundamentar el cambio de criterio, el ministro Arístides Guerrero García puso sobre la mesa las recientes cifras del INEGI, las cuales muestran una caída sostenida en los matrimonios formales.

En 2024, apenas se registraron 486 mil 645 uniones formales (una caída del 3 % frente al año anterior), mientras que la tasa de nupcialidad se desplomó de 6.9 a 5.4 en la última década. "Nos están mostrando que la tendencia en nuestro país es hacia la baja... ahora se está haciendo cada vez mayor uso de la figura del concubinato", destacó Guerrero.

En sintonía, la ministra Loretta Ortiz fue enfática al señalar que la ley debe ajustarse a la realidad demográfica: "El concepto de familia como papá, mamá, hijitos, ya no existe... nosotros estamos interpelados a actuar frente a esa realidad".

ISSSTE

La otra cara de la moneda: el riesgo para el ISSSTE

A pesar de la visión garantista de la mayoría, el fallo encendió las alarmas financieras. La ministra Lenia Batres Guadarrama lideró el bloque opositor, advirtiendo que la eliminación de un candado temporal objetivo pone en jaque la sostenibilidad de las arcas públicas.

Por su parte, la ministra María Estela Ríos González desestimó el argumento estadístico, calificando como "falacia" que la caída del matrimonio equivalga automáticamente a un aumento del concubinato, recordando que esta es una figura histórica, profundamente arraigada en la clase trabajadora.

ISSSTE: el caso que originó la anulación

El efecto dominó que culminó en esta anulación comenzó no con una mujer, sino con un viudo. En 2022, tras el fallecimiento de su pareja (pensionista del ISSSTE), el hombre solicitó la pensión correspondiente. Ambos habían iniciado su relación en septiembre de 2019.

Aunque un juez de lo familiar reconoció legalmente su concubinato en 2023, el ISSSTE le cerró la puerta en enero de 2024 aplicando la regla de los cinco años. Esto desató una batalla legal mediante un juicio de amparo que, tras ser atraído por la Suprema Corte en 2025, terminó por reescribir las reglas de la seguridad social en México.

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